Prestaciones

En qué casos puedes recibir el IMV si te quedas en paro

Personas que pierdan ingresos repentinamente no esperarán 1 año para pedir IMV. / Europa Press

Hace ya más de un año que se puso en marcha el Ingreso Mínimo Vital como una de las medidas socioeconómicas más esperadas por parte del actual Gobierno y el debate sobre su eficacia sigue presente.   Las previsiones apuntaban a que la ayuda beneficiaría a unos 850.000 hogares y a 2,3 millones de personas, pero la realidad es que hasta el momento son unos 350.000 los hogares que la reciben. Así, esta semana José Luis Escrivá, ministro de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, e Ione Belarra, ministra de Derechos Sociales y Agenda 2030, han anunciado un acuerdo que doblará el número de beneficiarios, incluyendo a todos los que se queden parados de forma repentina, sin tener que esperar un año para pedir el IMV.

Andalucía sumó en septiembre más de cuatro mil nuevos parados, que, en función de sus circunstancias podrían acogerse a esta nueva medida antes de que finalice el año, fecha en la que espera que se dé luz verde definitiva ¿En qué casos se podrá recibir entonces el IMV si te quedas en paro?

El Ingreso Mínimo Vital es compatible con la prestación por desempleo cuando dicha prestación es el único ingreso percibido, siempre que las suma que ingresan el resto de convenientes en el hogar no supere los límites fijados, que suman las rentas recibidas por todos sus miembros. Para percibir el IMV los ingresos del hogar completo por otras rentas, incluyendo un salario laboral y restando deudas y vivienda habitual, no deben exceder de 16.614 euros en el caso de un adulto solo, cantidad que va subiendo en función del número de miembros que integran la familia, hasta los 43.196 euros en los hogares más grandes (con dos adultos y tres o más menores).

Para percibir el IMV los ingresos del hogar no pueden superar los 16.614 euros (en el caso de un adulto solo) hasta los 43,196 euros (dos adultos y tres o más menores)

La gran novedad de la medida anunciada es que las personas que pierdan sus ingresos de forma repentina, y cumplan con los requisitos comentados, no tendrán que esperar un año para poder solicitar la prestación del Ingreso Mínimo Vital, utilizando la cantidad de ingresos más beneficiosa para la persona, bien la del año anterior, bien la de los últimos meses. El objetivo, que aquellos que están al límite no se vean abocados al abismo en caso de tener un traspié laboral.

Cambios relativos al IMV

El IMV plantea mejoras para acceder a la prestación. El IMV plantea mejoras para acceder a la prestación.

El IMV plantea mejoras para acceder a la prestación. / EFE

Las modificaciones y variantes en torno al Ingreso Mínimo Vital a lo largo de estos meses han ido en consonancia con las necesidades sociales, la prolongación de los ERTE y la evolución de la pandemia y sus pertinentes consecuencias en la economía global. En esta ocasión los cambios relativos al IMV son los siguientes:

  • La prestación de IMV aumentará en un 22% para las familias con algún miembro con una discapacidad igual o superior al 65% y no se tendrán en cuenta como ingresos las prestaciones asociadas a la Dependencia.
  • Facilitará conceder permisos a jóvenes inmigrantes sin tener que acreditar ningún año de vida independiente para poder solicitar el IMV.
  • Si tienes menos de 30 años el requisito de vida independiente se reduce de 3 a 2 años.
  • Aquellos que hayan agotado el subsidio por desempleo dejarán de estar desprotegidos y podrán acceder al IMV sin ver reducida la cuantía del dinero recibido.

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