Economía

Los bancos adheridos al código de buenas prácticas se conocerán en abril

  • Las entidades que acepten voluntariamente este código estarán obligadas a aplicar, al menos durante dos años, las nuevas condiciones a las hipotecas.

A principios de abril se conocerán las primeras entidades financieras que se adhieran al código de buenas prácticas, puesto en marcha por el Ejecutivo con medidas para paliar el problema de los desahucios en familias en riesgo de exclusión social.

Según el Real Decreto de medidas urgentes de protección de deudores hipotecarios sin recursos, que publica hoy el Boletín Oficial del Estado (BOE), las entidades financieras podrán comunicar su adhesión a la Secretaría General del Tesoro y Política Financiera, a partir de mañana, cuando entra en vigor la norma. Cada año, durante los diez primeros días de enero, abril, julio y octubre, la Secretaría de Estado de Economía publicará el listado de entidades adheridas en la web de la Secretaria General del Tesoro y Política Financiera y en el BOE.

Las entidades que acepten voluntariamente este código estarán obligadas a aplicar, al menos durante dos años, las nuevas condiciones a las hipotecas (también a las ya vigentes) y, si no lo hacen, los afectados podrán acudir a los tribunales. En cualquier caso, una comisión de control con representantes de la Asociación Hipotecaria Española, el Banco de España, la Comisión Nacional y la Secretaría de Estado de Economía hará un seguimiento e informará semestralmente del cumplimiento de las buenas prácticas.

El código se incluye en un real decreto aprobado ayer por el Ejecutivo con medidas destinadas a familias con una única vivienda, todos sus miembros en paro y sin rentas del trabajo.

Antes de que se haya iniciado la ejecución de la propiedad, los hipotecados podrán pedir a su banco una carencia de 4 años en los que sólo pagarán intereses, la ampliación de la hipoteca a 40 años y la reducción del interés aplicable a euríbor más 0,25 puntos. Si a pesar de la refinanciación, la familia es incapaz de pagar su hipoteca porque con ella se van más del 60 % de sus ingresos, podrá solicitar una quita en la deuda pendiente.

La quita es posible aunque el banco haya iniciado ya el proceso de ejecución, siempre que no esté anunciada la subasta, y si tampoco resulta suficiente, los hipotecados en riesgo de exclusión pueden ofrecer su vivienda para terminar de saldar la deuda. En ese caso, la familia podrá quedarse en la casa al menos 2 años con un alquiler anual del 3 % de la deuda pendiente.

Según los datos del Gobierno, desde que empezó la crisis ha habido más de 300.000 ejecuciones hipotecarias en España y en estos momentos existe un millón y medio de familias con todos sus miembros en paro.

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