Economía

El Constitucional anula la sentencia del Supremo que tumbó el bono social eléctrico

  • Obliga al alto tribunal a plantear una cuestión prejudicial al Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE)

  • En su sentencia de octubre de 2016 el TS estimaba que no debía ser financiado por las eléctricas

Contadores de la luz

Contadores de la luz

El Pleno del Tribunal Constitucional decidió ayer estimar el recurso de amparo interpuesto por la Administración del Estado contra la sentencia dictada por el Tribunal Supremo (TS) en octubre de 2016 y contra el auto que desestimaba el incidente de nulidad de actuaciones de la propia Administración, en los que se daba la razón a las eléctricas y se tumbaba el anterior régimen de financiación del bono social eléctrico.

La sentencia del Constitucional considera que se ha lesionado el derecho a un proceso con todas las garantías, al no recabar un pronunciamiento prejudicial del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE). El Constitucional pide al TS que lo haga ahora antes de dictar otra sentencia.

En octubre de 2016, el Tribunal Supremo declaró inaplicable el régimen de financiación del bono social de la luz, al considerarlo incompatible con la directiva europea sobre normas comunes para el mercado interior de la electricidad, por lo que estimaba que no debía ser financiado por las eléctricas, como ocurría desde 2014.

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