Economía

Santander defiende que los bancos dejaron en España sus garantías sobre Abengoa

Imagen de la planta A3T que Abengoa  construyó en México y que recientemente se adjudicó el Banco Santander.

Imagen de la planta A3T que Abengoa construyó en México y que recientemente se adjudicó el Banco Santander. / M. G.

El Banco de Santander, que ha liderado el pool bancario, involucrado en la crisis de Abengoa desde que ésta se inició en 2015, quiso desligarse ayer de la estructura opaca en Holanda y Luxemburgo desvelada por este periódico, y al hacerlo defendió que los bancos nacionales mantuvieron todas sus garantías en España en la primera reestructuración, que fue ejecutada en 2017.

“En el caso de la deuda en manos principalmente de los bancos españoles, se optó por una estructura de dobles newcos (en forma de sociedades anónimas españolas) con la única finalidad de crear rangos de deuda en función de su antigüedad”, señalaron desde el banco que preside Ana Patricia Botín.

Desde la entidad financiera se precisó que  lo que los bancos españoles hicieron fue “subordinar la deuda antigua a la deuda nueva, mediante esas sociedades españolas constituidas a tal efecto”. “Una de ellas es Abenewco 1, sociedad plenamente operativa y holding del grupo español de sociedades reestructurado”, añadió el banco, pese a que todavía la matriz, Abengoa SA, sigue siendo la titular de todo el grupo, como propietaria del 100% de Abenewco 2, ésta como dueña del 100% de Abenewco 2 Bis, y esta última, dueña de todo el capital de Abenewco 1.

Finalmente, el Banco de Santander señala que “tanto la estructura luxemburguesa” que fue creada como garantía para “los fondos, como la española de los bancos fueron objeto de una detallada descripción en la documentación contractual de la [primera] reestructuración, que fue debidamente homologada por el juez español”. Además, el banco recordó que, “asimismo, se informó de toda esta estructura a los accionistas de Abengoa, S.A. en la junta general extraordinaria celebrada en el mes de noviembre de 2016, que la aprobaron.

La tesis del Santander, como líder del pool, es que los bancos españoles no tienen conexión con la estructura de la fundación opaca de Holanda y la sociedad huérfana de Luxemburgo que prestó gran parte del dinero de la primera reestructuración, en concreto se refiere al capital denominado New Money 1 (945,1 millones de euros) y New Money 3 (30 millones de euros), que presta una sociedad creada al efecto, también luxemburguesa, ABG Orphan Holdco.

Banco de Santander omite que el dinero prestado desde Luxemburgo sirvió para pagar el crédito puente concedido en España

El Santander omite, no obstante, que ese dinero prestado por Orphan Holdco desde Luxemburgo se usó en primer lugar para repagar la financiación puente que el pool bancario prestó a Abengoa durante el tiempo que estuvo en preconcurso y hasta que se ejecutó la primera reestructuración (de final de 2015 a mediados de 2017), un crédito puente de 569 millones de euros.

En línea con las explicaciones dadas por el Banco de Santander a este diario, fuentes de los acreedores defendieron también la estructura luxemburguesa coronada por una fundación opaca en Holanda. “Se trata de una estructura común en financiaciones de alto riesgo, considerando como tales aquellas que resultan de una reestructuración preconcursal de deuda en la que hay que aportar dinero nuevo, como el que prestaron mayoritariamente los fondos del New Money 1”, afirman respecto a las sociedades luxemburguesas las citadas fuentes, que añaden: “También se utiliza cada día más en financiaciones de adquisición apalancadas en las que la mayoría de los prestamistas son fondos, incluso españoles”.

 Según los acreedores, “las dobles luxcos son requeridas por fondos extranjeros debido a la desconfianza que les ofrece el potencial riesgo de que un juez español pueda paralizar la ejecución, en caso de impago, de las prendas (en este caso, garantías financieras) sobre las acciones de las sociedades filiales involucradas (Atlántica Yield y A3T) en base a una medida cautelar o incluso pretender la nulidad de la garantía en sede de una acción rescisoria de la sociedad española titular de las acciones en el capital social de dichas filiales”. Así, sostienen que “sin perjuicio de que fuera esencial para la concesión del dinero nuevo”, recuerdan que “fue una exigencia de los fondos, en ningún caso de los bancos, en garantía del New Money 1 y del New Money 3”.

Además justifican que la existencia de un “vehículo huérfano” y de una stichting (fundación en holandés) como su único accionista responde a la misma finalidad, pero “añadiendo un segundo cinturón de seguridad en garantía del dinero nuevo prestado mayoritariamente por los fondos del New Money 1 a través de lo que se conoce como un transfer of title que permite apropiarse de las acciones en caso de impago, mediante una figura fiduciaria”, con lo que se anticipa el resultado de la ejecución de la garantía al momento de su constitución, “de manera que la ejecución” de ese transfer of title “se deshace cuando se cumple con la obligación garantizada, como sucedió cuando se repagó íntegramente el New Money 1 y New Money 3 como parte de la restructuración de 2019.

Admiten los acreedores consultados respecto a la fundación holandesa, que “efectivamente, la identidad de los partícipes o fundadores” de la fundación holandesa “es opaca conforme a la normativa holandesa”, pero sostienen que “en ningún momento se oculta en la documentación contractual la identidad de los fondos garantizados por esta estructura”. Por ello, sostienen, que “no hay una finalidad de ocultar a los beneficiarios ni menos aún la de evadir impuestos”, como temen los accionistas de Abengoashares, “con independencia de que la legislación tributaria de sociedades en Luxemburgo u Holanda sea más beneficiosa que en España”.

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