juicio de los ERE

Guerrero plantea que Alaya y la Fiscalía podrían haber incurrido en delito por no imputar a los 6.500 beneficiarios

  • Si todas las cantidades percibidas han de considerarse malversadas, la instructora y el Ministerio Público, permitieron o dieron continuidad a la "malversación de ingentes cantidades de dinero público", argumenta el letrado José Ávila

Javier Guerrero, en su declaración en el juicio.

Javier Guerrero, en su declaración en el juicio. / ERE

La defensa del ex director general de Trabajo Javier Guerrero ha planteado este miércoles que tanto la juez Mercedes Alaya, como la Fiscalía y las acusaciones populares en el caso de los ERE podrían haber incurrido en los mismos delitos que se atribuyen a los 21 ex altos cargos que se sientan en el banquillo de los acusados por no haber imputado a los 6.500 trabajadores que se beneficiaron de las ayudas sociolaborales concedidas por la Junta de Andalucía, por haber “permitido o dado continuidad a la malversación de ingentes cantidades de dinero público”.

En la parte final de su informe, el abogado José Ávila ha puesto de manifiesto que si según las tesis acusatorias todas las cantidades percibidas por los prejubilados han de considerarse presuntamente malversadas, la “no imputación de esas casi 6.500 personas” que recibieron ayudas a la prejubilación y la “no reclamación individualizada de las cantidades percibidas como efectos de los delitos semejaría, llevando la propia tesis acusatoria hasta el final a –en un análisis apriorístico- que la entonces juez instructora (y en paralelo el Ministerio Fiscal y las acusaciones populares, en su dejadez) podrían indiciariamente haber incurrido en idénticos delitos de los que se acusa” a Javier Guerrero.

Se trataría, ha proseguido la defensa, de los supuestos de “prevaricación judicial y de delitos de omisión del deber de impedir delitos o de promover su persecución" del delito, "al haber permitido o dado continuidad a la malversación de ingentes cantidades de dinero público destinado a esas personas”. Y todo ello porque, durante el período de instrucción de la macrocausa “se habría venido presuntamente consintiendo, por el Juzgado, esa disposición continua de caudales públicos, cuando pudo y debió adoptarse por su parte, en su momento, las medidas encaminadas al procesamiento o declaración de responsabilidad civil de todas las personas beneficiadas por ayudas, por cuanto las personas afectadas habrían sido indebidas receptoras de ayudas públicas”, ha sentenciado José Ávila.

El abogado de Guerrero ha añadido que no comprende porque la anterior instructora de los ERE, “que tuvo la certeza meridiana de tan graves delitos durante los años 2011 y 2012 mientras que acusaba discriminada o indiscriminadamente, no urgió en ningún momento durante la fase de Instrucción a la Consejería de Empleo, Junta de Andalucía, Compañías Aseguradoras o a quién correspondiese que se dejaran de abonar todas las prestaciones a los beneficiarios, abortando así ese permanente e ingente flujo de cantidades de dinero público supuestamente distraído”, ha insistido.

Un juicio con un "manto de dudas"

El abogado ha concluido su informe solicitando la absolución para el ex director general de Trabajo Javier Guerrero y para ello ha subrayado “las dudas más que razonables que alumbran" todo este procedimiento. "Dudas que han emergido incluso en el banco de las acusaciones, ya que hemos asistido, a como la acusación particular del sindicato Manos Limpias, sin duda, advirtiendo las dudas que venimos esgrimiendo, ha procedido a retirar la acusación por este tipo de ilícito penal, otra prueba más que evidente, de la no configuración de este ilícito penal”, en alusión a la retirada por parte del abogado Rafael Prieto Tenor del delito de malversación que inicialmente atribuía a algunos ex altos cargos.

“Emergiendo cuanto menos ese manto de dudas en todo el procedimiento es por lo que debe de emerger el principio in dubio pro reo, como un elemento más, subyacente y subsidiario, para que en la convicción de la Sala, se produzca un pronunciamiento absolutorio”, ha agregado José Ávila, que ha recordado asimismo que a las dudas ha de sumarse “la no acreditación por parte de las acusaciones de los hechos”.

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