Invercaria- El juicio de Juana Martín

La interventora general de la Junta declara que invertir en capital riesgo no implica "regalar el dinero" público

  • Un catedrático de Derecho Administrativo, propuesto como perito por la defensa, asegura que los préstamos participativos como los concedido a Juana Martín "no tienen la consideración de ayudas públicas".

Los acusados en el juicio contra Juana Martín.

Los acusados en el juicio contra Juana Martín. / juan carlos vázquez

La interventora general de la Junta de Andalucía, Amelia Martínez Sánchez, ha asegurado este martes en su declaración en el juicio por las ayudas concedidas por Invercaria a la diseñadora cordobesa Juana Martín que en las inversiones en capital riesgo, como en este caso, se corre precisamente un riesgo, pero ha sostenido que "no se puede regalar el dinero" dando ayudas "de manera discrecional", puesto que se trata de una ayuda directa, con "dinero público" y no se pueden conceder a "empresas en crisis".

Amelia Martínez intervino como auditora de la Cámara de Cuentas en el informe de fiscalización de Invercaria relativo al ejercicio del año 2009 y en su declaración ante los magistrados de la Sección Primera de la Audiencia de Sevilla ha explicado que para la emisión del dictamen se seleccionaron cinco empresas, entre las que no estaba precisamente Juana Martín.

No obstante, la interventora ha cuestionado los criterios de selección de Invercaria respecto a los proyectos en los que se realizaron las inversiones, llegando a preguntarse, durante el interrogatorio de la defensa del ex presidente de Invercaria Tomás Pérez-Sauquillo, "¿por qué seleccionaron a una empresa y a otra no?", defendiendo que el principio de concurrencia para las ayudas públicas implica que "cualquier ciudadano andaluz tenga el mismo derecho a acceder a la solicitud de esas ayudas". "¿Por qué se fue a Juana Martín y no a otra diseñadora?", ha vuelto a cuestionarse la interventora, que a lo largo de su comparecencia ha reiterado que no se analizó el caso concreto de los préstamos participativos de 850.000 euros concedidos por Invercaria a la modista.

En este sentido, ha señalado que no observaron "organización ni programación" que explicara por qué a una persona se le concedía un préstamo y a otra no, o porque las condiciones del mismo eran distintas en unos casos de otros.

A juicio de la interventora, las ayudas de Invercaria estaban sujetas a la orden de incentivos de la Consejería de Innovación del año 2008, a pesar de que ha señalado que informe de la asesoría jurídica decía lo contrario, y ha aseverado en cualquier caso que esta sociedad de capital riesgo pertenecía "al sector público y estaba sujeta a la normativa de ayudas y subvenciones del sector público". Amelia Martínez ha insistido en que la orden no permitía las ayudas a empresas en crisis, puesto que tenían que ser "viables técnica, económica y financieramente".

También ha dicho que el plan director de Invercaria 2005-2008 "no constituía un procedimiento, porque si la sociedad hubiera tenido un procedimiento a seguir se hubiera visto en el informe" elaborado por la Cámara de Cuentas.

El perito de la defensa mantiene un criterio distinto

Frente a la tesis mantenida por la interventora, en la sesión de hoy ha declarado un perito propuesto por la defensa de Pérez-Sauquillo, el catedrático de Derecho Administrativo de la Universidad Carlos III Luciano Parejo Alfonso, quien ha sostenido que Invercaria es una "sociedad mercantil que se rige por el derecho privado", a pesar de que depende de una agencia empresarial pública, la agencia IDEA.

Así, el perito ha defendido que los préstamos participativos con fondos públicos como los que se concedieron a la modista Juana Martín -aunque el experto no ha analizado estos préstamos en concreto- "no tienen la consideración de ayudas públicas", porque Invercaria actúa como una "empresa en el mercado" y a su juicio "no sería de aplicación" la orden de la Consejería de 2008.

El catedrático ha añadido que si Invercaria otorga esas ayudas conforme a sus criterios mercantiles y de mercado no pueden considerarse una ayuda pública, al tiempo que ha señalado que la sociedad de capital riesgo andaluza "no tiene un procedimiento administrativo prefijado", sino que el procedimiento es el que determina el Consejo de Administración.

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