Educación

El TSJA exonera a cinco alumnos de Cádiz, Córdoba y Sevilla de la asignatura Educación para la Ciudadanía

  • El Supremo andaluz acuerda que estos jóvenes no cursen la asignatura hasta que se dicte sentencia firme ante el recurso formulado por sus padres contra Educación

La sección tercera de la sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha dictado cinco autos que exoneran cautelarmente a cinco alumnos de recibir clases de la asignatura Educación para la Ciudadanía hasta que se resuelvan definitivamente los recursos formulados por sus padres o tutores objetores contra la Consejería de Educación de la Junta de Andalucía.

El abogado que defiende los intereses de estas familias, Carlos Seco, informó a Europa Press de que se trata de alumnos de San Fernando y El Puerto de Santa María, en la provincia de Cádiz, Lucena y Córdoba capital, y la propia capital de Andalucía.

En cada uno de estos cinco autos, notificados hoy a este abogado, la sección tercera de la sala de lo Contencioso Administrativo del TSJA acuerda que estos alumnos no cursen la asignatura hasta que se dicte sentencia firme en cuanto al recurso formulado por sus padres contra la Consejería de Educación.

Esta medida se acuerda, según el abogado, por que de prosperar el recurso, «ya se habrían producido los efectos que se pretenden evitar» y por que son «más dignos de protección la libertad ideológica y religiosa» y el derecho de los padres a elegir la educación de los hijos que los «difusos» intereses generales, que en cualquier caso no se ven afectados por la medida cautelar adoptada.

Según ha manifestado Seco, en todos los casos en los que se ha solicitado la adopción de la medida cautelar, ésta ha sido acordada por el TSJA en base a los mismos argumentos. Con estas cinco nuevas medidas, ya son ocho las acordadas por el TSJA, de las que una cuenta ya con Sentencia favorable --el caso de Bollullos par del Condado (Huelva)--, y los demás se encuentran en tramitación.

Seco quiso invitar a la Consejería de Educación a que en lugar de recurrir estos autos, se decida a suspender la aplicación de EpC, pues mientras se esté cursando, «se estarán vulnerando los derechos fundamentales de los padres».

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