Andalucía

Julián Muñoz es condenado a un año de cárcel por un delito que no existía cuando se cometió

  • El Código Penal contiene la tipificación desde 1996 y la licencia se dio un año antes

Julián Muñoz y la ex edil del GIL Marisa Alcalá han sido condenados por un delito contra la ordenación del territorio a un año de cárcel y nueve de inhabilitación por conceder en mayo de 1995 una licencia de obras para levantar un edificio con 108 viviendas, locales comerciales y aparcamientos en San Pedro Alcántara en un suelo rústico reconvertido en deporti vo.

Sin embargo, varias fuentes consultadas explicaron ayer que el delito urbanístico no existía en el Código Penal hasta la reforma aprobada en noviembre de 1995, que entró en vigor en mayo del año siguiente. Es decir, el Juzgado de lo Penal número 7 ha condenado al ex alcalde de Marbella por un delito que no existía cuando presuntamente se cometió.

Este argumento es uno de los utilizados por la defensa del ex regidor marbellí para plantear un incidente de nulidad de la sentencia, ya que en caso de considerar delito la licencia concedida en 1995, se tendría que haber condenado por prevaricación genérica, sancionada con penas de inhabilitación pero no de prisión. El escrito fue presentado a finales de la semana pasada y fue aclarado ayer.

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