sucesiones

Hacienda exige 600.000 euros a cinco herederos pese a dos anulaciones judiciales

  • El Tribunal Económico Administrativo de Andalucía ha anulado dos veces sus cálculos de la liquidación.

La Agencia Tributaria de Andalucía ha reclamado, por tercera vez, 120.000 euros a cada uno de los cinco hijos de un matrimonio fallecido como recargo del impuesto de sucesiones abonado pese a que el Tribunal Económico Administrativo de Andalucía ha anulado dos veces sus cálculos de la liquidación.

Los herederos abonaron en 2007 el impuesto de sucesiones por bienes heredados al fallecer su padre pero recurrieron la revisión de la liquidación hecha por la Agencia Tributaria por desacuerdo con el valor fijado para una finca y el Tribunal Económico Administrativo Regional les dio la razón en 2013, en una sentencia a la que ha tenido acceso Efe, ordenando a la Agencia Tribunal devolver a los herederos unos 70.000 euros.

En 2011 falleció la madre y los herederos abonaron de nuevo el impuesto de sucesiones correspondiente por bienes heredados incluida la consolidación del dominio de aquellos que hasta entonces disfrutaba su madre en usufructo, si bien de nuevo la Agencia Tributaria de Andalucía revisó la liquidación de los herederos y les reclamó una cuantía adicional a lo abonado de unos 120.000 euros a cada uno de ellos, que estos recurrieron.

En dos sentencias de abril de 2017, a las que ha tenido acceso Efe, el Tribunal Económico Administrativo Regional de Andalucía estima parcialmente sus recurso por un defecto de forma al considerar que la Agencia Tributaria no informó convenientemente a los herederos del inicio de dicha revisión y nueva liquidación.

Por ello ordena retrotraer el proceso al inicio, si bien rechazó las medidas cautelares solicitadas por el abogado de los cinco herederos, que en este tiempo han tenido que hacer frente al pago fraccionado de esos 120.000 euros por cabeza llegando a tener que "vender parte de lo heredado" y sufrir "embargos", según ha relatado a Efe uno de los hijos, Gabriel Ramírez.

En julio la Agencia Tributaria remitió a los herederos la nueva liquidación, está vez cumpliendo con la información previa necesaria, de la que tan sólo restan los intereses de demora sumados en la anterior si bien los han vuelto a recurrir por considerar que ha prescrito la liquidación complementaria del impuesto de sucesiones por ambas herencias, un recurso que está aún pendiente de resolución.

El abogado de la familia, Germán Saldaña, ha explicado a Efe que desde que los herederos realizan la liquidación voluntaria del impuesto de sucesiones sobre una herencia, la Agencia Tributaria tiene cuatro años para revisar dicha liquidación y reclamar los pagos adicionales que estime, a los que los herederos a su vez pueden presentar alegaciones que interrumpen el plazo.

Sin embargo, los herederos entienden que al anular el Tribunal Económico Administrativo Regional la liquidación complementaria inicial, que sí se hizo en plazo, por un defecto de forma, supone que la misma "no ha existido" por lo que la Agencia Tributaria debe iniciar el procedimiento desde el principio si bien ya se han superado los cuatro años desde el fallecimiento de ambos progenitores y el pago del impuesto de sucesiones por los herederos, por lo que considera prescrita la posibilidad de Hacienda de insistir en la reclamación complementaria.

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