Andalucía

La Fiscalía pide que no se excluya a los ex altos cargos de las otras piezas

  • Alerta contra un "salvoconducto procesal" a los investigados que generaría un "intolerable espacio de impunidad"

Nuevo giro de tuerca en el galimatías jurídico creado en torno al caso de los ERE. Los fiscales delegados en Sevilla de la Fiscalía Anticorrupción, a la vista del auto firme de 9 de febrero por el que la Audiencia Provincial de Sevilla resuelve las cuestiones previas planteadas en el juicio por el llamado "procedimiento específico", han solicitado al juzgado de Instrucción número 6 de Sevilla, que dirige María Núñez Bolaños, que deje sin efecto la "exclusión del procedimiento" o "apartamiento" acordado por dicho Juzgado de ex altos cargos imputados en las piezas separadas en las que se investigan la concesión y pago de ayudas concretas a empresas.

La Fiscalía plantea un importante conflicto jurídico a la instructora del caso de los ERE, al pedirle que elija entre la doctrina fijada por la Sección Séptima de la Audiencia, que es la Sala que resuelve desde 2011 todos los recursos que se presentan contra las decisiones adoptadas por la magistrada, y la decisión de la Sección Primera, que enjuicia un único procedimiento a 22 ex altos cargos de la Junta, entre ellos los ex presidentes de la Junta Manuel Chaves y José Antonio Griñán.

Según Anticorrupción, el auto del 9 de febrero ha establecido "claramente" que en el "procedimiento específico" no serán objeto de enjuiciamiento la concesión y pago de ayudas concretas, por lo que queda extramuros de ese procedimiento la intervención que las personas acusadas en él pudieran haber tenido en la concesión y pago de estas ayudas individuales.

Por ello, los Fiscales Delegados han solicitado al juzgado que deje sin efecto la llamada "exclusión del procedimiento" que ha ido acordando en las diferentes piezas en las que se investigan ayudas individuales en las que están involucrados determinados investigados a los que se acusa en el juicio de la pieza política de los ERE y que "presuntamente han tenido participación directa en la concesión y pago de cada ayuda individual". Este criterio es el que se desprende del contenido de los autos dictados por la Sección Séptima al resolver los recursos de apelación interpuestos por el ex director general de Trabajo, Daniel Alberto Rivera, contra los autos dictados en las piezas relativas a las ayudas a Surcolor y Acyco.

Anticorrupción entiende que con su exclusión no se podría exigir a estos ex altos cargos investigados responsabilidad penal por la concesión y pago de ayudas concretas ni en las piezas separadas en que se investiga de manera individual la concesión y pago de ayudas individuales, ni en el procedimiento que se está enjuiciando ahora, en el que ha quedado claro que no se enjuicia la concreta participación de los acusados en la concesión y pago de ayudas individuales. Para la Fiscalía, esta situación "comportaría una especie de salvoconducto procesal que cerraría la posibilidad de dirigir la acción penal, generando un intolerable espacio de impunidad". Todo ello sin perjuicio de que en el caso de recaer sentencias condenatorias contra esas mismas personas en las piezas separadas, se adoptasen las medidas oportunas para corregir un exceso punitivo.

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