Mediación

Convenio de colaboración entre el CGPJ y el Defensor del pueblo y del menor andaluz

  • Las instituciones impulsarán la mediación en el ámbito contencioso-administrativo

Firma del convenio de colaboración entre el CGPJ y el Defensor del pueblo y del menor andaluz

Firma del convenio de colaboración entre el CGPJ y el Defensor del pueblo y del menor andaluz / M. G.

El Consejo General del Poder Judicial y el Defensor del Pueblo Andaluz y Defensor del Menor de Andalucía han acordado hoy promover la mediación administrativa y la implantación de la mediación intrajudicial contencioso-administrativa en Andalucía mediante la firma de un convenio por el presidente del Tribunal Supremo y del CGPJ, Carlos Lesmes, y el Defensor Andaluz, Jesús Maeztu. 

Ambas instituciones comparten el interés en promover la mediación administrativa como vía complementaria para la solución de conflictos con la finalidad, mediante nuevas herramientas, de llegar a soluciones satisfactorias para las pretensiones de las partes en litigio. Entre las medidas, el Defensor del Pueblo andaluz y el CGPJ impulsarán el diseño y puesta en marcha de un proyecto piloto práctico, que tiene como objetivo la posibilidad de derivar asuntos desde la jurisdicción contencioso-administrativa al Defensor del Pueblo andaluz, en el marco de sus competencias.

La mediación intrajudicial en el ámbito administrativo ofrece una alternativa a las dificultades propias de la jurisdicción –como son la complejidad de acceso a la misma, las dilaciones en la tramitación, los costes y formalidades del proceso y el incremento de la litigiosidad- y supone un cambio de la relación entre las administraciones públicas y el ciudadano. Asimismo, permite una mejor comprensión del proceso para las partes.

La mediación aplicada a los conflictos entre los ciudadanos y la Administración Pública tiene unas características propias, derivadas de la propia naturaleza de las partes en litigio. La vinculación de la Administración al principio de legalidad puede llegar a condicionar y a limitar la posibilidad de encontrar soluciones acordadas. Por ello, las particularidades de la mediación en este ámbito exigen tener en consideración y equilibrar, en cada caso, los fines propios de la Administración pública (defensa del interés general), con la buena gobernanza y la necesidad de que la Administración promueva la confianza de los ciudadanos, escuchando y reconociendo sus discrepancias, pero sin dejar de lado los intereses públicos.

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