Andalucía

El CGPJ archiva otras dos denuncias del PP contra la juez Núñez Bolaños

  • El magistrado recuerda a los populares el reproche de la Audiencia por presentar un recurso sin permitir que la juez motivara sus resoluciones

El promotor de la acción disciplinaria, el magistrado del Tribunal Supremo Antonio Fonseca-Herrero, acordó ayer el archivo de las otras dos denuncias presentadas por el PP-A contra la titular del juzgado de Instrucción número 6 de Sevilla, María Núñez Bolaños, que fue acusada por los populares de haber incurrido supuestamente en falta muy grave del artículo 417.15 de la Ley Orgánica del Poder Judicial (LOPJ), que sanciona la "absoluta y manifiesta" falta de motivación de las resoluciones judiciales que la precisen, según confirmaron fuentes del máximo órgano de gobierno de los jueces.

Las resoluciones en las que se basaban las denuncias fueron dictadas en varias de las piezas en las que se dividió la causa sobre los cursos de formación subvencionados por la Junta de Andalucía, en las que Bolaños acordó declarar compleja la instrucción de las distintas causas y a la vez decretar su sobreseimiento provisional. Estos autos de la instructora fueron anulados posteriormente por la Audiencia de Sevilla.

En el acuerdo de archivo, el promotor afirma que la ausencia de motivación debe referirse únicamente al pronunciamiento relativo al sobreseimiento provisional, y señala que en todas sus resoluciones la magistrada indicó que lo acordaba "conforme se interesa y en relación con el artículo 641.1 de la LECrim".

"Es preciso considerar que la expresión 'conforme se interesa' se debe entender como la justificación o motivación de la decisión, pues en todas las causas penales donde fueron dictadas las resoluciones existe una petición en ese sentido formulada por el Ministerio Público", indica el acuerdo.

El promotor recuerda también que la Audiencia de Sevilla, en los autos en los que anuló las resoluciones de la juez, vino a reprochar al PP no haber permitido a la magistrada una mayor motivación de su decisión al no interponer recursos de reforma -para que esas deficiencias las resolviera la propia magistrada- y presentar directamente recursos de apelación, en los que cuestionó las razones por las que se había acordado el sobreseimiento, prueba de que era conocedor de los motivos a los que se refería la juez cuando decía "conforme se interesa (…)", precisan fuentes del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ).

"La motivación sería insuficiente, generando indefensión, y así la acordó el órgano judicial encargado de su revisión, pero no reunía las características de absolutamente inexistente y manifiesta que la jurisprudencia (…) viene exigiendo para otorgarle relevancia disciplinaria", concluye el promotor.

Con esta decisión, el Poder Judicial ha archivado todas las denuncias presentadas, hasta ahora, por el PP-A contra la juez María Núñez Bolaños. El pasado 19 de octubre ya se archivó una denuncia relacionada con la supuesta filtración del archivo de la denominada "pieza política" en la investigación de los cursos de formación.

Esa primera denuncia archivada señalaba a la magistrada como origen o fuente de una noticia publicada el pasado 22 de junio con el título "La juez Núñez archivará la pieza política de los cursos de formación al no apreciar delito", atribuyendo los populares a la magistrada una falta muy grave de revelación de hechos o datos conocidos en el ejercicio de su función, contemplada en el artículo 417.12 de la LOPJ, pero el promotor sostuvo que no se aprecian motivos para entender la comisión de infracción disciplinaria alguna por la juez, toda vez que las informaciones periodísticas citadas en la denuncia "claramente se refieren a fuentes judiciales, sin que conste dato alguno, siquiera indiciario, de que la magistrada hubiera revelado dato o hecho alguno que hubiera conocido en el ejercicio de su función".

Todas las denuncias que ha presentado el PP contra la juez han sido archivadas y se suman a la decisión que adoptó hace varias semanas la Comisión Permanente del CGPJ, que rechazó la recusación de la magistrada por la entrega de las grabaciones de los cursos de formación.

La Comisión Permanente del máximo órgano de gobierno de los jueces acordó por unanimidad rechazar la recusación "administrativa" que había presentado el PP, en sendos escritos, en los que recordaba que las recusaciones de los jueces deben hacerse según lo establecido en la Ley Orgánica del Poder Judicial.

En julio pasado, las asociaciones profesionales de jueces Francisco de Vitoria y la Asociación Profesional de la Magistratura (APM) denunciaron lo que consideran una "tendenciosa campaña partidista" contra Bolaños, un campaña con el objetivo de condicionar la labor de la titular del juzgado, "insinuando de forma insidiosa y sin la más mínima base, que tiene predisposición hacia una parte y hasta que oculta y destruye pruebas", en alusión a al escrito del PP sobre la entrega de las grabaciones "incompletas".

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