Andalucía

Bolaños mantiene el archivo del ERE de Azucareras a pesar de la Audiencia

  • El tribunal, al estimar un recurso de la Fiscalía, ordenó a la juez que se pronunciara sobre la imputación de ocho personas, pero la magistrada ya ha dictaminado al sobreseer la causa

La juez de Instrucción número 6 de Sevilla, María Núñez Bolaños, mantiene el archivo de la causa por el ERE de Azucareras Reunidas de Jaén, a pesar de la decisión de la Audiencia de Sevilla que, al estimar un recurso anterior de la Fiscalía Anticorrupción, ordenó a la instructora que se pronunciara sobre la imputación de ocho personas, entre ellas varios ex altos cargos de la Junta de Andalucía.

Fuentes judiciales confirmaron ayer que la juez mantiene el sobreseimiento de la causa, por lo que no practicará ninguna imputación ni nuevas diligencias, sin perjuicio de lo que pueda decidir la Audiencia de Sevilla cuando resuelva otro recurso que ha presentado la Fiscalía precisamente contra ese auto de archivo. Mientras tanto, Bolaños confirma la decisión de archivar la causa al no haber apreciado delito alguno en la tramitación de esta subvención de 1,3 millones a Azucareras Reunidas de Jaén.

El archivo de esta pieza de los ERE es muy importante para el devenir de otras piezas, puesto que puede suponer un antes y un después en la instrucción de la macrocausa, por cuanto se trata del primer archivo en el que no se ha apreciado delito alguno, no porque haya prescrito la acción penal. Este auto establece las bases que pueden derivar en el archivo de otras muchas causas relacionadas con ayudas a empresas en crisis, en las que no haya intrusos y en las que, prescindiendo del sistema empleado, pudieran haberse podido conceder.

La juez advertía en esa resolución de las consecuencias que tendría para los 6.000 trabajadores que durante una década percibieron las ayudas de la partida presupuestaria 31L considerar que las mismas todas fueran ilegales, lo que implicaría que esos 6.000 trabajadores tendrían que devolver dichas ayudas y deberían ser traídos al procedimiento "como beneficiarios a título lucrativo, lo cual hasta ahora no se ha verificado, ni creo que se deba hacer, salvo superior criterio", planteaba la instructora en alusión a lo que pueda decidir la Audiencia de Sevilla ante un recurso como el que ahora ha planteado la Fiscalía.

Sobre este planteamiento, la Fiscalía se limita a decir en su recurso que "como bien conoce la magistrada, no existía en la Junta en aquella época procedimiento legal alguno para conceder este tipo de ayuda". El Ministerio Público añade que para realizar la afirmación que hace la instructora "parece ser necesario, al menos una mínima investigación que determine uno a uno, si todos los asegurados de la póliza suscrita eran tenedores en aquel momento de todos y cada uno de los requisitos exigidos al menos en la normativa estatal por ejemplo, y en todo caso si las cantidades asignadas a cada uno se fijaron dentro de los límites legales, y respondían a ayudas previas a la jubilación, lo que por ejemplo dejaría fuera de juego todos aquellos casos en que se han pactado entre empresa y trabajadores la recepción, a través de las pólizas, de rentas vitalicias".

La Fiscalía considera además que el archivo es "apresurado y precipitado" porque entiende que en la concesión de esta subvención se produjo una "manifiesta arbitrariedad derivada de una falta total de resolución alguna" en la concesión de ayuda y critica además que el supuesto expediente administrativo para su concesión es en realidad una "suerte de papeles sin orden ni concierto".

Los fiscales sostienen que el destinatario de la ayuda no fueron los trabajadores sino realmente "la propia empresa, quien dentro de un proceso de negociación colectiva consiguió la aquiescencia de los trabajadores para la aprobación de un expediente extintivo de regulación de empleo, cuyo coste en lo relativo a la prejubilación le supuso un ahorro significativo, pues sólo afrontó un porcentaje del 70%".

Así, concluyen que estos fondos "no deberían haber salido de las arcas andaluzas, al menos no de esta manera arbitraria, sino sólo y únicamente después de haber establecido la Administración andaluza un sistema de normas o bases reguladoras debidamente publicadas, que hubiera permitido el acceso a esas ayudas a todas las empresas en crisis o afectadas por procesos de reestructuración empresarial".

El recurso que resolvió el pasado lunes la Audiencia fue presentado antes de que se archivara la causa de Azucareras Reunidas.

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