Medidas Covid Andalucía

El BOJA corrige el horario límite de los pedidos a domicilio para poder hacerlos hasta las 23:30

El BOJA corrige el horario de los pedidos a domicilio para permitir realizarlos hasta las 23.30 horas

El BOJA corrige el horario de los pedidos a domicilio para permitir realizarlos hasta las 23.30 horas / Henrique Hanemann

El Boletín Oficial de la Junta de Andalucía (BOJA) publica una corrección de errores de la orden de la Consejería de Salud que amplía los horarios de hostelería y restauración para permitir realizar pedidos de entrega a domicilio hasta las 23.30 horas con límite de entrega a las 24.00 horas.

El BOJA publicó a última hora del pasado miércoles una modificación de la orden de la Consejería de Salud de octubre de 2020 relativa a los niveles de alerta sanitaria para la contención de la COVID-19 que establecía en su artículo 11.3 que "los servicios de restauración podrán realizar servicios de entrega a domicilio hasta las 24.00 horas, estableciéndose como hora límite para realizar los pedidos las 23.00 horas".

La Junta ha "advertido error" en la citada orden y publica este viernes en el BOJA una "corrección" por la que determina que "los servicios de restauración podrán realizar servicios de entrega a domicilio hasta las 24.00 horas, estableciéndose como hora límite para realizar los pedidos las 23.00 horas".

El BOJA también corrige dos resoluciones publicadas a última hora del miércoles por las delegaciones territoriales de Salud y Familias de las provincias de Cádiz y Sevilla para precisar los niveles de alerta sanitaria por municipios.

En el caso de Cádiz se aclara que en el distrito de la Sierra de Cádiz no hay municipios en "nivel de alerta 4 grado 1" sino en "nivel de alerta 4". En el provincia de Sevilla se precisa que está vigente el "nivel de alerta 3" y no el "nivel de alerta 3 grado 1".

El hecho de fijar el grado 1 en los niveles de alerta es relevante a efectos de limitación de horarios, ya que una modificación de la orden de 8 de noviembre de 2020 que modula los niveles de alerta 3 y 4 publicada el 8 de abril establece que "en el grado 1 las medidas coincidirán con las recogidas para el nivel de alerta 3 o 4 de la Orden de 29 de octubre de 2020, si bien con una limitación horaria de las 20.00 horas en todas las actividades, servicios o establecimientos recogidos en la misma".

Medidas en vigor en Andalucía contra el coronavirus

Entre las nuevas medidas en vigor destacan la apertura de la movilidad entre las ocho provincias de Andalucía; la continuidad del cierre perimetral de la comunidad autónoma; el mantenimiento del toque de queda entre las 23 y las 6 horas o el permiso hasta las 22:30 para la actividad comercial y la hostelería.

En el caso de la hostelería y la restauración, además, podrán tener clientes hasta las 23 horas con la condición de que éstos siempre regresen a sus casas antes del límite del toque de queda.

Asimismo, en las reuniones al aire libre se permite un máximo de 6 personas y de 4 en espacios interiores de los establecimientos de hostelería.

Aquellos municipios en los que la tasa de contagios supere los 500 casos por cada 100.000 habitantes se establecerá el cierre perimetral, pero como novedad no habrá cambios en los horarios. Las poblaciones con una tasa de más de 1.000 contagios por cada 100.000 habitantes quedarán cerradas perimetralmente y, además, se cerrará toda actividad no esencial, como hasta ahora.

La Junta de Andalucía establece la excepción para los municipios de menos de 5.000 habitantes a los que se realizará una evaluación de riesgo específica, por lo que se podrán exceptuar estas dos últimas medidas.

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