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El homicida que atropelló a Ramón Cuaresma logra evitar la cárcel

  • Las partes pactan una pena de dos años, pero no se ejecutará por carecer de antecedentes Pagará 730 euros de multa por el uso fraudulento de la tarjeta de crédito de la víctima

La vista oral del caso Cuaresma se celebró ayer en el Juzgado de lo Penal 3 de Huelva. La causa era contra D.J.F.S., al que la acusación pública atribuía el atropello mortal del calañés Ramón Cuaresma el día 23 de noviembre de 2008. El Ministerio Público solicitaba para el encausado 4 años de cárcel por un delito de conducción bajo la influencias de bebidas alcohólicas y drogas, en concurso con un delito de homicidio por imprudencia grave, además de seis años de privación del derecho a conducir vehículos de motor y ciclomotores. A esto añadía la Fiscalía en su escrito 730 euros de multa por una falta de estafa y las costas del procedimiento.

Sin embargo, un acuerdo de las partes -Fiscalía, defensa y acusación particular- ha dejado finalmente la condena para el homicida en dos años de reclusión por la que no llegará a pisar la cárcel, debido a que D.F.S. carece de antecedentes penales. Eso sí, tendrá que abonar una multa de 730 euros por una falta de estafa por la utilización fraudulenta de la tarjeta de crédito de la víctima.

La defensa, representada por el letrado Rafael Villegas, explicó ayer que se ha acordado una pena de dos años de prisión y la suspensión de la ejecución de la pena, por lo que "no entra en prisión".

El acusado tendrá que pagar además 77 euros, que es el cargo que realizó en la tarjeta de crédito de Ramón Cuaresma, y, a su vez, ha sido condenado a la privación del permiso de conducir durante dos años y al comiso del coche, el cual no va a ser reintegrado al acusado, mientras que la familia de la víctima ya ha sido indemnizada por la compañía aseguradora con una cantidad que asciende a 100.000 euros.

El acusado no ha podido ser condenado por un delito de conducción bajo la influencias de bebidas alcohólicas y drogas en concurso con un delito de homicidio por imprudencia grave, como pedía la Fiscalía, sino por un delito de homicidio por imprudencia grave, ya que no se ha podido acreditar este consumo al no existir pruebas de toxicología al respecto.

Por su parte, la acusación particular, ejercida por el letrado José Manuel Oliva, aseguró estar "satisfecho" con la calificación porque es la que mantenían. En este sentido, detalló que el acusado ha reconocido que es autor de un homicidio por imprudencia grave al admitir que "esa noche atropelló a Cuaresma, lo metió en un maletero, lo abandonó en un descampado y posteriormente utilizó de manera fraudulenta su tarjeta de crédito". Lo único que se ha modificado "era que la imprudencia grave por conducción bajo la influencias de bebidas alcohólicas y drogas, ya que era difícil acreditar porque no hubo pruebas de toxicología al acusado", explicó Oliva.

No obstante, el letrado señaló que la familia de la víctima ha quedado "satisfecha" en el sentido de que el acusado "ha reconocido que mató a Cuaresma y ha sido condenado por esto", pero sus familiares "no entienden que una persona no vaya a la cárcel por este delito".

La madre de la víctima, Epifania Reina, manifestó que el acusado "debería haber entrado en la cárcel siquiera un par de años, eso es lo que yo esperaba porque es un criminal", a lo que añadió otro familiar que "la Justicia no existe en España".

Según el fiscal, D.J.F.S. conducía bajo los efectos del alcohol y estupefacientes a las 07:00 del día de autos por el Paseo Ramón Regajo de Calañas, "por lo que tenía sus facultades disminuidas". Perdió el control del vehículo y se subió a la acera por la que Cuaresma caminaba. Le golpeó en la rodilla derecha con el faldón delantero del coche, un impacto que le hizo caer de bruces en la calzada. Entonces, el coche le pasó por encima y lo arrastró varios metros. Falleció en el acto.

El acusado introdujo el cadáver en el maletero del coche con intención deshacerse de él, trasladó el cuerpo al paraje La Laguna, próximo a Valverde, y allí lo abandonó. Antes se apoderó de su cartera, "obrando con ánimo de enriquecerse ilícitamente a costa de lo ajeno". Luego, "con gran frialdad de ánimo", se dirigió a la gasolinera valverdeña Los Campillos, "en la que lavó su vehículo con la finalidad de ocultar cualquier prueba". También repostó, sirviéndose de la tarjeta de crédito de la víctima para abonar la cuenta. Además, le pidió al empleado de la gasolinera que le cobrara 100 euros con la tarjeta y se los entregara en efectivo, operación que en principio fue denegada por el banco, aunque finalmente logró obtener 50 euros.

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