La palma

El Supremo avala la reducción de unidades educativas

El Tribunal Supremo ha avalado la orden de la Consejería de Educación de marzo del 2013 que redujo el concierto educativo con el colegio privado Nuestra Señora del Carmen de La Palma del Condado, de cinco a seis unidades, anulando una sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA).

La orden de la Consejería, que se debía aplicar a partir del curso académico 2013-2014, reducía de seis a cinco las unidades de Educación Infantil y justificaba la medida en el descenso de la natalidad.

La Junta redujo el concierto educativo en el colegio Nuestra Señora del Carmen

En una sentencia, el Supremo estima el recurso de casación interpuesto por la Junta de Andalucía contra la sentencia de 28 de abril del TSJA que admitió el recurso de un total de ocho padres contra dicha orden revocándola por entender que seguían dándose los mismos requisitos establecidos en el concierto a pesar de la existencia de una reducción de alumnos.

Sin embargo, ahora el Supremo entiende que la mengua del número de alumnos en los cursos iniciales es una de las causas que justifican la modificación del concierto en vigor y una reducción de las unidades concertadas.

Precisa que cuando la administración recurrente considera que razones de programación y eficiencia en la gestión de los recursos públicos avalan esa reducción, al haber plazas sobrantes en los centros públicos para escolarizar a los alumnos que se quedarían sin plaza por la no renovación del concierto, tales razones no pueden ser desdeñadas.

Esta es la segunda ocasión en la que el Supremo avala dicha orden estimando el recurso de la Administración autonómica, ya que en términos idénticos se pronunció contra la sentencia del TSJA de mayo de 2014 que reconocía el derecho a esa sexta línea tras el recurso, interpuesto en aquella ocasión, no por padres, sino por el propio centro.

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