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Giahsa sostiene que los consistorios deberán pagar las indemnizaciones

  • La empresa pública recuerda que las sentencias sólo tratan una "parte residual" del conflicto

Depuradora de aguas residuales de Giahsa.

Depuradora de aguas residuales de Giahsa. / h. información

La empresa pública Giahsa aseguró ayer que las sentencias recientes del conflicto que mantiene la Mancomunidad de Servicios de la Provincia de Huelva (MAS) con los ayuntamientos que se salieron de la misma no anulan las indemnizaciones que exige a los consistorios díscolos.

Giahsa subrayó que los últimos fallos, tanto del Tribunal Supremo (TS) como del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) respecto a los ayuntamientos de Cartaya, Cortegana y San Juan del Puerto, "tratan una parte residual del conflicto abierto entre la MAS y los consistorios", ya que todas las sentencias expresan de manera clara que no entran a "examinar la legalidad de los acuerdos de la mancomunidad" con base en los cuales se fijaron las indemnizaciones que se demandan a las corporaciones locales que abandonaron la empresa pública (12,2 millones en el caso de Cartaya, 2,3 en el de Cortegana y 3,5 en el de San Juan del Puerto).

Según Giahsa, las sentencias no interfieren en el resto de frentes judiciales abiertos, ya que no especifican nada "sobre los acuerdos de la MAS sobre la estabilidad y sobre el otorgamiento de las concesiones demaniales".

Es más, considera que en el litigio principal entre las partes, que es en el que se dirime la procedencia de las referidas indemnizaciones, "los únicos pronunciamientos judiciales que se han producido hasta la fecha se han hecho efectivos en las piezas separadas de medidas cautelares, de cada procedimiento, que ha dado plena vía libre a la mancomunidad para exigir a los ayuntamientos el total de la deuda por la vía de apremio", como se refrendó por auto de los juzgados de lo Contencioso-Administrativo de Huelva y por sentencias firmes de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del TSJA.

Giahsa no comparte en absoluto la interpretación que están realizando en sus declaraciones los alcaldes y exalcaldes de los municipios afectados.

Los servicios jurídicos de la empresa pública reiteran que tanto las sentencias del TSJA como la más reciente del Tribunal Supremo se centran de forma exclusiva en examinar la decisión municipal de rescindir el convenio de concesión demanial con el Ayuntamiento, motivada en el retraso en el pago del canon concesional, pero no entran a examinar la legalidad de los acuerdos de la MAS de establecer las indemnizaciones como consecuencia de la decisión adoptada por los tres ayuntamientos de abandonar la institución de manera unilateral, incumpliendo además todas las obligaciones legalmente establecidas.

Giahsa anunció que "va a seguir defendiendo los intereses de los ciudadanos de los 66 municipios que conforman la MAS por la vía de la legalidad y desde la lealtad institucional", como lo ha hecho desde el inicio de los distintos conflictos motivados por la privatización de servicios hasta la fecha.

La empresa pública apunta a "la insolidaridad y los deseos de obstaculizar las vías de financiación en las que ha venido trabajando Giahsa por parte, entre otros, de los ayuntamientos de Cartaya, Cortegana y San Juan del Puerto torpedearon todo intento de la empresa pública para cumplir con nuestras obligaciones derivadas de las concesiones demaniales", un problema que se ha podido solventar a la postre y que ha posibilitado a día de hoy que la mancomunidad esté al corriente con sus consistorios".

Los alcaldes de los municipios afectados por el conflicto entienden que si los tribunales avalan su salida de la MAS por el incumplimiento del pago del canon, implícitamente se dice que no deberán hacer frente a las indemnizaciones que les reclama Giahsa.

La última sentencia conocida es la del Tribunal Supremo que desestima el recurso de casación presentado por la MAS contra una sentencia del TSJA que aludía al impago del canon y por tanto justificaba la salida del Ayuntamiento de Cortegana del servicio mancomunado del agua.

En el mismo sentido se pronunció el Supremo con el Consistorio de San Juan del Puerto. En ambos casos la sentencia es firme y no caben más recursos. El TSJA también ha fallado en favor del Ayuntamiento de Cartaya.

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