La tribuna

Pablo A. Fernández Sánchez

El reconocimiento de Kosovo

Cualquier alumno aventajado de Derecho sabe que la existencia de un Estado viene dada por la figura jurídica del reconocimiento, es decir, la expresión de la voluntad de un Estado de considerar al Estado que surge como miembro de la comunidad internacional y de mantener relaciones de cooperación con él. La manifestación de dicho reconocimiento se puede hacer de forma expresa o tácita, de forma colectiva o individual e incluso de forma solemne o informal. Sin embargo, debe quedar clara la intención del que reconoce.

Es verdad que el acto del reconocimiento es discrecional y, por tanto, no obligatorio. Es más, la existencia del Estado no depende de dicho reconocimiento, aunque sí consolida su personalidad jurídica.

Esto justificaría, por ejemplo, que aunque España no reconociera la existencia de Israel hasta 1986, como todavía sucede con numerosos Estados árabes, no exista el Estado. Igualmente con la República Árabe Saharaui Democrática, que es reconocida por más de 70 Estados, pero no por España.

Sin embargo, para que haya un mínimo de orden jurídico,hay algunas reglas básicas que exige el Derecho Internacional. Para empezar, que, obviamente,dispongan de un territorio, sobre el que ejerzan el control, una población y una estructura jurídico-política que sea capaz de traducirse en soberanía externa e interna.

También el Derecho Internacional impone a las autoridades de los nuevos Estados, por ejemplo, que no encarnen un "régimen minoritario racista ilegal", como fue el caso de la Rhodesia de Iam Smith.

Ahora bien, los únicos pueblos a los que el Derecho Internacional les permite el uso de la fuerza para su consolidación como Estados es a los pueblos sometidos al dominio colonial (Palestina, Sahara, etc.). Por ello, incluso, el Derecho Internacional puede imponer sanciones de no reconocimiento de la presencia extranjera, como sucediera con Sudáfrica en Namibia.

Por tanto, cualquier desmembración, fusión, división, etc. debe hacerse por vías pacíficas y contando con el apoyo de las partes. Así se ha hecho en múltiples casos en la Europa reciente. Nada ha objetado el Derecho Internacional a la desmembración de la antigua Unión Soviética o de la antigua Yugoslavia. Nada ha objetado el Derecho Internacional a la incorporación de la República Democrática de Alemania a la República Federal de Alemania, y nada ha objetado el Derecho Internacional a la división de la antigua Checoslovaquia en dos Estados, hoy miembros de la Unión Europea, la República Checa y Eslovaquia.

El problema de Kosovo, sin embargo, está dando muchos quebraderos de cabeza, sobre todo de carácter político.

Es verdad que tiene unas particularidades interesantes. Jurídicamente Kosovo es parte de la República de Serbia. Así lo atestigua una resolución, en vigor aún, del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas. Sin embargo, aún hoy, está administrada internacionalmente por Naciones Unidas y la Unión Europea, tras la intervención de la OTAN para librar a los albano-kosovaros del hostigamiento serbio. Por lo tanto, no se trata tanto de una provincia secesionista como de un territorio serbio que es administrado por la comunidad internacional como sanción a las acciones de Serbia contra los derechos humanos de los albano-kosovares. Esto no hay que olvidarlo.

La proclamación de Kosovo como Estado independiente no podía sorprender a nadie. Ha sido casi inevitable. Es más, no nos engañemos, se les ha estado preparando para ello. Además, a los Estados Unidos y a algunos Estados europeos les interesa la atomización de los Balcanes. Por eso el expreso apoyo de los Estados Unidos al nuevo Estado, que arrastrará, inevitablemente, el reconocimiento del Reino Unido, Alemania y Francia (y con ello, el de la mayoría de Europa).

Por supuesto que a Rusia, aliado histórico de Serbia, este tema le subleva porque, entre otras cosas, también tiene muchos demonios dentro. Al igual que a España, que no quiere ni oír hablar de la posibilidad de que los territorios puedan proclamar unilateralmente la independencia, como a Grecia, a Chipre, Bulgaria y otros. Pero, el problema es que las situaciones no pueden eternizarse y, además, no hay soluciones mágicas para conflictos históricos tan enconados.

El diferencial, en todo caso, entre el tema de Kosovo, administrado por la comunidad internacional como sanción contra Serbia, por su actuación contra los derechos humanos de los albano-kosovares, y cualquier otro territorio, integrado en una democracia participativa y respetuosa de los derechos humanos, es sustancial. Por tanto, no hay paralelismo. Nuestro paralelismo está con Quebec y no con Kosovo. Por eso el Derecho Internacional ampararía una posible secesión, siempre que sea pactada y respetuosa con el propio Derecho Internacional.

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