La esquina

José Aguilar

jaguilar@grupojoly.com

El poder del abusador

Un caso paradigmático: quien abusa tiene poder sobre sus víctimas, se silencia todo lo posible y la Justicia tarda

Todo abuso sexual es, antes que nada, un abuso de poder. Quien abusa de otra persona lo hace prevaliéndose de una posición de poder sobre ella. Puede ser por la fuerza o la coacción física, pero también por un ejercicio espurio de la autoridad. Por ejemplo, la autoridad del adulto sobre sus familiares jóvenes, la del empresario sobre sus empleados, la del pastor espiritual sobre el rebaño o la del psiquiatra sobre la paciente.

El caso del catedrático de Educación Física de la Universidad de Sevilla condenado a más de siete años de prisión por abusar de otras dos profesoras y una becaria de investigación -con una puesta en escena particularmente procaz y grosera, que hasta entre estos delincuentes hay clases- es paradigmático. Por el personaje que lo protagoniza y por el contexto que lo hace posible.

Santiago Romero fue decano de su facultad durante doce años y era jefe del departamento de las profesoras que serían sus víctimas, es decir, que decidía sobre contratación, asignaturas y horarios, asistencia a congresos, tesis y publicaciones. Un poder bastante fuerte acerca de la vida profesional de sus subordinadas, que utilizó reiteradamente para satisfacer sus pulsiones sexuales. Bueno, para intentarlo a base de tocamientos y besos no consentidos y de expresiones soeces.

¿Y el contexto? También es representativo de casi todas las situaciones de abusos. La universidad es una institución sumamente jerarquizada, en la que a la autoridad intelectual se la reviste también de autoridad administrativa, organizativa y personal, no siempre con buenos resultados, y la endogamia funciona a tope. El catedrático Romero manejaba los resortes del mando sobre las mujeres de las que decidió abusar y, tras ser denunciado, se benefició de la falta de contundencia de la propia universidad. No hubo impunidad, ciertamente, pero sí algo parecido al silencio: a las agredidas se les recomendó que no se enfrentaran abiertamente al agresor, sino que evitaran quedarse a solas con él, y se separaron los despachos para evitar la coincidencia. El mundo al revés. La sentencia habla expresamente de "ignorancia deliberada".

Por último, la instrucción de la causa ha durado seis años (más el tiempo que se prolongue el anunciado recurso). La Justicia tardía: otro clásico de nuestro sistema penal. Y si esto les pasa a profesoras e investigadoras universitarias, ¿qué les estará pasando a mujeres más vulnerables?

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