Málaga

Condenan al investigado por la muerte de su pareja en La Viñuela por maltratar a una novia anterior

  • Un acuerdo entre las partes rebaja a seis meses de prisión la sentencia 

  • La Fiscalía solicitaba nueve meses de cárcel

El Juzgado de lo Penal número 14 de Málaga ha condenado a seis meses de prisión al hombre investigado por presuntamente matar en febrero de este año a su pareja en La Viñuela, pero por un delito de maltrato respecto de una compañera sentimental anterior. Además, se le impone la prohibición de comunicarse o acercarse a la víctima durante dos años.

La vista oral se había fijado para este lunes. Las acusaciones y la defensa han llegado a un acuerdo, que ha sido ratificado por el procesado, por el cual se ha rebajado la pena de nueve a seis meses de prisión y el hombre ha admitido los hechos por los que se le acusaba, por lo que no ha hecho falta la celebración del juicio y la sentencia se ha declarado firme.

Los hechos sucedieron en mayo de 2016, momento en el que el acusado y la víctima mantenían una relación que comenzó en 2014. Según sostenían las acusaciones -con lo que se ha mostrado de acuerdo el acusado- un día de mayo, ambos estaban tomando copas en un establecimiento en Málaga capital "cuando iniciaron una discusión".

En el transcurso de esa discusión, el acusado, "con ánimo de menoscabar su integridad física, agredió a la mujer, propinándole dos puñetazos en el rostros". A consecuencia de esto, la víctima sufrió lesiones que consistieron en una contusión orbitaria bilateral con hematoma y erosiones en el codo, para lo que requirió una primera asistencia facultativa y tardó en sanar cinco días.

Por estos hechos, se le ha condenado por un delito de malos tratos y se le ha impuesto, además de los seis meses de prisión, la prohibición de acercarse a menos de 500 metros o comunicarse de cualquier forma durante dos años con la víctima, a la que tendrá que indemnizar con 150 euros. Asimismo, se la privación de portar armas durante el mismo tiempo.

El juez le ha advertido de que con independencia de que ahora esté en prisión provisional por otra causa no puede comunicarse con la víctima de ninguna forma, ni tampoco ponerse en contacto con ella a través de terceras personas, además de que no podrá acercarse a ningún lugar frecuentado por ella.

La denuncia de esta causa fue instruida por el Juzgado de Violencia sobre la Mujer número 2 y se acumuló a otra causa, derivando ambas en este procedimiento. Dicho órgano judicial dictó una orden de protección y prohibición de comunicación el 13 de mayo de 2016, a raíz de los hechos, medidas que no fueron quebrantadas en ningún momento por el acusado.

Este hombre fue ingresado en prisión en febrero pasado por la presunta comisión del homicidio de la que en su pareja sentimental, de 44 años, cuyo cadáver fue encontrado en su domicilio, presentando casi 30 puñaladas. El hombre fue detenido horas después en Marbella, fruto del dispositivo desplegado por varios cuerpos policiales.

Además, el investigado ya fue condenado en 2012 por el Juzgado de lo Penal número 13 de Málaga a nueve meses de prisión por un delito de maltrato a su entonces esposa, distinta a la fallecida y también a la pareja del juicio del lunes, a la que insultó y empujó en presencia de sus hijos menores en julio de 2011; una sentencia dictada con la conformidad del acusado.

Se le condenó por un delito de maltrato, incluyendo el apartado de cuando el acto se realiza en presencia de menores o tenga lugar en el domicilio común o el de la víctima. Al carecer entonces de antecedentes penales, la pena de prisión fue suspendida durante dos años que cumplió en octubre de 2014, mientras que la medida de alejamiento de la víctima finalizó en 2013.

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