Huelva

Una nueva ordenanza regulará los mercadillos y el comercio itinerante

  • El equipo de gobierno llevará al Pleno la aprobación inicial de la norma, que posibilitará fijar la periodicidad, ubicación y requisitos del baratillo dominical de Marismas del Polvorín

El mercadillo de los viernes, ubicado en el nuevo recinto colombino.

El mercadillo de los viernes, ubicado en el nuevo recinto colombino. / josué correa

La aprobación inicial de la Ordenanza del Comercio Ambulante de Huelva, norma promovida por el equipo de gobierno local al objeto de regularizar la actividad desarrollada en mercadillos y comercios itinerantes, será sometida al voto de los grupos políticos el próximo lunes, cuando el Ayuntamiento de la capital celebre el Pleno ordinario correspondiente a febrero (las sesiones se celebran el último miércoles de cada mes y en esta ocasión coincidió con el festivo Día de Andalucía, por lo que se pospuso a la próxima semana).

Fuentes del equipo de gobierno precisaron que el mercadillo dominical de Marismas del Polvorín -que se creó con una finalidad solidaria pero que con el tiempo ha ido tomando otra dimensión- se ordenará a través de la nueva ordenanza: "Se podrá establecer su periodicidad, ubicación, requisitos para los comerciantes, etcétera". De este modo, se diferenciará del mercadillo de los viernes, que es oficialmente el Mercadillo de Huelva.

Tendrán prioridad los colaboradores del titular que lleven un año o sus familiares

Según explicó ayer el portavoz del equipo de gobierno municipal, Manuel Gómez Márquez, la ordenanza ha sido sometida a consulta pública previa y trámite de audiencia, y con ella se adapta la regulación de este ámbito a la normativa europea vigente y a su traslación a la legislación autonómica, de modo que se otorga "más estabilidad" a este sector, entre otras cosas, al otorgar a las autorizaciones una vigencia de 15 años (prorrogable por otros 15) cuando hasta ahora los permisos se tenían que renovar anualmente.

Con este plazo de duración se pretende "garantizar la amortización de las inversiones" que realicen los comerciantes ambulantes y la remuneración equitativa de los capitales invertidos.

Además, según apuntó Gómez, a la hora de transmitir estas autorizaciones, tendrán prioridad los colaboradores del titular -que deberán estar dados de alta en la seguridad Social o como autónomos- que lleven al menos un año o familiares en primer o segundo grado por consanguinidad o afinidad (matrimonio).

El portavoz señaló que la ordenanza que regulaba la venta ambulante en la ciudad tenía 14 años de antigüedad y se había quedado "obsoleta", ya que había que adaptarla al decreto estatal de 2010 y a la Ley autonómica de 2012, que a su vez se hacía eco de la directiva europea de 2006. Por tanto, "era muy necesaria una actualización de las normas existentes en la ciudad para el comercio en mercadillos, el comercio callejero y el comercio itinerante".

Según recoge la nueva ordenanza, para ejercer esta actividad hay que darse de alta en Hacienda, en la Seguridad Social, estar al corriente en el pago de las obligaciones económicas municipales, tener seguro de responsabilidad civil, etcétera. Y si se venden alimentos, contar con el carnet obligatorio para su manipulación.

Para que la venta sea legal hay que cumplir otra serie de requisitos, como exponer el precio de los productos, tener a disposición de la autoridad competente las facturas y comprobantes de compra de la mercancía, contar con hoja de quejas y reclamaciones para los clientes, haber pagado las tasas municipales correspondientes, emitir recibos justificativos de la compra y estar adherido a un sistema de resolución de conflictos en materia de consumo.

En la nueva ordenanza se establecen, desde la premisa de la transparencia, una serie de criterios para la concesión de nuevas autorizaciones y coberturas de vacantes, teniendo en cuenta factores como las dificultades de acceso al mercado laboral del solicitante (se da prioridad a menores de 30, mayores de 45, personas con discapacidad, desempleados de larga duración y víctimas de violencia de género); la experiencia demostrada en la procesión; y la capacidad técnica para distribuir y guardar la mercancía.

Otros factores a considerar son la posesión de algún distintivo de calidad en materia de comercio ambulante, las cargas familiares del solicitante y el no contar con sanciones. En caso de autorizaciones para el mercadillo de los viernes, se valorará también que se ofrezca un producto o servicio que no esté ya en el baratillo.

Para los puestos vacantes se fija un plazo general de solicitud entre el 1 y el 31 de octubre de cada ejercicio. Y se realizarán convocatorias públicas para conceder autorizaciones nuevas o para las que hayan finalizado su vigencia. Las autorizaciones vigentes serán prorrogadas hasta que transcurra el plazo de 15 años previsto en la nueva ordenanza.

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