Huelva

Un año de condena para un abogado por falsedad e intento de estafa

  • El letrado avanza que recurrirá la sentencia de la Audiencia ante el TSJA

Micrófono para acusados y testigos de la sala de vistas de la Sección Tercera de la Audiencia.

Micrófono para acusados y testigos de la sala de vistas de la Sección Tercera de la Audiencia. / canterla

La Sección Tercera de la Audiencia Provincial de Huelva ha condenado a un abogado a un año de prisión y al abono de una multa de 1.620 euros por considerarlo autor de un delito de falsedad en documento mercantil y otro de estafa procesal en grado de tentativa por el litigio que mantiene con la empresa Cocinas y Muebles Franma, que montó la carpintería de la casa del inculpado en 2008.

Huelva Información ha tenido acceso en exclusiva a la sentencia, en cuyos hechos probados se relata que la empresa demandó al acusado por la vía civil para reclamarle 38.674 euros. El Juzgado de Primera Instancia 4 de Huelva se hizo cargo del asunto y entonces, "con la intención de perjudicar a la entidad demandante y que desestimara la demanda presentada contra él, confeccionó dos documentos -una factura y un presupuesto de 30.000 euros, respectivamente- a nombre de la entidad demandante, estampados con un sello similar al utilizado siempre por la demandante, en la que se hacía constar el correspondiente recibí para simular el pago de la cantidad presupuestada".

Creo en la inocencia de mi cliente; hay bastantes contradicciones en la sentencia"

Prosigue la resolución judicial indicando que para confeccionar la factura y el presupuesto, el letrado "se sirvió de un sello falseado a nombre de Cocinas y Muebles Franma, confiando el duplicado al responsable de la empresa Sellonuba". Encargó "a otra persona desconocida" un duplicado del sello, pero no era el original, sino similar. Su realización se llevó a cabo utilizando radioláser sin que se usara el original para fijarse en él como modelo, "simplemente le dieron la descripción del sello". Y Cocinas y Muebles Franma "no encargó ningún sello desde el año 2000 hasta 2014 que ocurrieron los hechos; por el contrario sí que encargaron (a Sellonuba) personas desconocidas un sello similar al original utilizado por las empresa demandante en fechas próximas, anteriores a que ocurrieran los hechos".

Afirma la Sala que el acusado lo estampó en dos documentos "ficticios" que unió a la contestación de la demanda en el Instancia 4 y sobre la base de ellos "negaba la existencia de deuda alguna y trataba de acreditar que lo había abonado". La intención del jurista era "perjudicar a la demandante en el pleito civil y, paralelamente, lucrarse con el importe que quedaba por pagar, es decir, 38.674 euros, cantidad esta que quedaba por pagar del total de 43.674 euros" en que la empresa de carpintería cifró su servicio.

Los magistrados llegan a la conclusión de que la persona que encargó el sello y lo compró "no podía ser más que el letrado o un tercero o persona de su entorno, pues el abogado era el único posible beneficiario si lograba demostrar a través de la simulación con el sello imitando el sello original que la deuda estaba totalmente pagada". Tenía, por tanto, "el dominio del hecho y, aunque no encargara personalmente el sello, no hay ningún género de duda de que utilizó documentos falsos" y de que presentó esos documentos mercantiles falseados en el pleito civil para "perjudicar a la demandante".

En la calificación jurídica la Audiencia señala que "estamos ante una tentativa de estafa en concurso medial con un delito de falsedad, ya que aunque trató de simular el pago de la cantidad presupuestada ante el Instancia 4 de Huelva, "no logró que el juez desestimara la demanda" de Cocinas y Muebles Franma "ni probar que el demandante había recibido el dinero".

Del apartado de valoración de la prueba de cargo y descargo de la sentencia, llama la atención que se remarque que "la actitud del acusado al contestar hizo el interrogatorio difícil a las preguntas de la acusación pública y, sobre todo, a las respuestas de la acusación particular". La pericial de la defensa sobre el análisis de los sellos "se limitó a reseñar que los cuatro eran iguales entre sí", pero sin embargo "no se pronunciaba sobre si eran o no falsos".

El abogado condenado avanzó a Huelva Información que recurrirá la sentencia ante el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA). Para ello ha contratado al jurista sevillano Luis Romero, quien indica a este periódico que el plazo para la presentación de la apelación finalizará este jueves (día de gracia) y que ha estado trabajando durante todo el fin de semana en las alegaciones para tenerlas a punto en tiempo y forma. "Creo en la inocencia de mi cliente, la perspectiva que han tenido tanto el Ministerio Fiscal como el tribunal es errónea y hay bastantes contradicciones en la sentencia", señala Romero, "hasta el punto de que se dan como ciertas declaraciones de las partes, testigos y peritos que, si se visiona el vídeo del juicio, no coinciden; entendemos que obedecen a errores en las anotaciones que ha tomado el ponente, lo que hace llegar a conclusiones distintas". Si en todo caso el tribunal hubiera tenido dudas con el resultado de la prueba, agrega, "debería haber aplicado el principio in dubio pro reo" (en caso de duda, a favor del acusado).

La condena del procesado conlleva, además, un año de inhabilitación para el ejercicio de su profesión y el pago de las costas procesales, incluidas las de la acusación particular.

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