Huelva

Absueltos los 5 relacionados con 240 kilos de coca ocultos en una barca

  • El Supremo ratifica la sentencia de la AN, con base en una falta de acreditación policial de la lancha

Los paquetes de cocaína estaban insertos en la propia estructura de la lancha, que fue desguazada en El Rompido en agosto de 2014.

Los paquetes de cocaína estaban insertos en la propia estructura de la lancha, que fue desguazada en El Rompido en agosto de 2014. / h. información

El Tribunal Supremo ha refrendado la sentencia de la Audiencia Nacional (AN) por la que se absuelve a las cinco personas encausadas por su relación con un alijo de 240 kilos de cocaína que fue localizado en la estructura de una embarcación auxiliar procedente de Colombia, desmantelada por la Policía Nacional en El Rompido en agosto de 2014.

El Alto Tribunal ha desestimado el recurso de casación de la Fiscalía, por lo que confirma la resolución exculpatoria previa de la Audiencia Nacional, tal y como consta en la sentencia a la que ha tenido acceso Huelva Información. La base del fallo absolutorio está en la falta de la debida acreditación de que la embarcación intervenida en Colombia fue la misma que llegó al puerto cartayero.

Un perito de la defensa prueba que la lancha con droga no se descargó en altamar

La Audiencia Nacional -y ahora la Sección Primera de la Sala de lo Penal del Supremo- da por probado que el 16 de mayo de 2014 la oficina de la DEA estadounidense en Madrid transmitió a la Unidad Central de Droga y Crimen Organizado (Udyco) de la Policía Nacional que había recibido una alerta sobre una organización que pretendía importar desde Colombia grandes cantidades de cocaína a España por vía marítima. Entonces el grupo de narcos, conformado por colombianos y españoles, estaba planificando el envío de 500 kilos de estupefaciente "con destino final a Huelva".

La organización criminal, detallaba la DEA, "tiene acceso a una marina privada dentro del puerto de Huelva, donde tienen personas de confianza, hasta ahora desconocidas, para recibir envíos de cocaína dentro de veleros y otros barcos". La Administración para el Control de Drogas de Estados Unidos proseguía indicando que "ya tiene un velero preparado y ha contratado un piloto para embarcar desde un puerto desconocido para recoger la cocaína en aguas internacionales, cerca de la costa de Colombia, y luego continuar a Huelva a entregar la mercancía", por lo que solicitaba el apoyo de la Udyco y de la Justicia española.

La Policía y el Juzgado Central de Instrucción 3 de la Audiencia Nacional se pusieron manos a la obra. En junio se intervenían teléfonos y ya se pudo saber que un hombre apodado Cebollero iba a coordinar la operación y que el catamarán contratado "ha salido del puerto en las Islas Vírgenes Británicas y su carga en la alta mar es inminente".

El 1 de agosto la Policía informa al juez de que "se habría interceptado por agentes de la DEA el día 23 de junio de 2014 en las costas sudamericanas un catamarán en el que se trataba de llevar a cabo el transporte de una importante cantidad de cocaína, habiendo sido llevado el mismo hasta una base militar en Puerto Rico". Se indicaba que la cocaína venía escondida herméticamente en una embarcación auxiliar de 3,5 metros de eslora, la cual se encontraba a bordo del catamarán.

La clave de la sentencia del Supremo está en que en la operación "se produjo la intervención del catamarán, lo que hizo posible a su vez la ocupación de la embarcación auxiliar en altamar", algo que acabaría desmontando una pericial de la defensa a la que el Alto Tribunal y la AN dan credibilidad.

La lancha fue escaneada y presentaba "anormalidades" dentro del casco. Los agentes del operativo calcularon que debía albergar en su interior entre 300 y 500 kilos de droga. Una vez culminada la operación encubierta, el catamarán puso rumbo a España atravesando el Atlántico bajo el control de la DEA.

El 26 de julio de 2014 la lancha auxiliar fue transportada a España en un avión de la Fuerza Aérea de los Estados Unidos. La DEA y dos agentes de la Policía Nacional la custodiaron. Estos últimos levantaron el correspondiente acta de traslado y custodia y un día después aterrizaron en la base militar de Torrejón de Ardoz. Pero la Audiencia Nacional entiende que se hizo "sin que se pudiese determinar a ciencia cierta que la misma era la embarcación que el día 23 de junio había sido intervenida a bordo del catamarán, al no constar soporte documental alguno o de otro tipo que así lo acreditase".

En paralelo, la supuesta organización había alquilado una casa rural en Cartaya para recepcionar la mercancía. El 11 de agosto fueron detenidas seis personas (sólo cinco han sido enjuiciadas), cuatro en Huelva y dos en Madrid, justo cuando el catamarán arribó al puerto de El Rompido. Allí fue desguazada la barca auxiliar. Tras romper la fibra que recubría la embarcación, se intervinieron 200 paquetes rectangulares que contenían cocaína, con un peso bruto de 240 kilos y una pureza del 65,3%. La sustancia podría alcanzar en el mercado ilícito un valor de 7.125.232 euros si se vendiera al por mayor, y de 18,7 millones de euros si se comercializara en dosis.

La Audiencia Nacional dictó la absolución de los cinco procesados porque consideró que "no ha quedado debidamente acreditado sobre la base de las garantías constitucionales vigentes en el proceso penal español" que fuera la misma barca aprehendida por la DEA.

El Supremo, que tiene la última palabra, desestima el recurso de la Fiscalía destacando que una pericial de la defensa rubricada por un ingeniero técnico naval probó que en una embarcación rellena de droga y con esas características se haría "prácticamente imposible una travesía transoceánica", ya que se llegaría "a partir". Agrega que "sería prácticamente imposible la izada en mar abierto", como mantenía la DEA en su versión, puesto que abría que sacarla con una grúa o con un número considerable de personas. Esto, dice la Sala, "introduce una fisura en la verosimilitud de la secuencia que describe la incautación de la droga en altamar".

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