Provincia

Multan con 400 euros a los dueños de una finca por ampliar las lindes

  • Los agricultores reconocen la falta pero argumentan que fue una equivocación

El Juzgado de lo Penal número 4 de Huelva ha condenado a pagar 400 euros, en concepto de multa de 20 días con 10 euros de cuota diaria, por una falta de daños a los dueños y gestores de la finca Gomesa en Moguer, una de las afectadas por la red acusada de delitos de cohecho y de omisión del deber de perseguir y denunciar delitos, entre los que se encontraban cuatro funcionarios de la Delegación de Medio Ambiente de Huelva, red para la que la Fiscalía ha pedido 27 años de prisión y una multa de 109.240 euros.

Según reza en la sentencia, a la que ha tenido acceso Europa Press, los gestores de la explotación agrícola de la finca, sita en el paraje de Las Malvinas, en el año 2006 efectuaron obras de vallado, excavación, aterramientos, destoconamiento y desbroce de monte bajo, amén de levantamiento de túneles de plástico para la plantación, que afectaron a zona perteneciente al monte público colindante. Todo ello creyendo equivocadamente que las realizaban en terreno perteneciente a la finca de su propiedad y no era así.

También efectuaron una poda de ramas de pinos piñoneros, ésta sí a sabiendas de que tales árboles se hallaban enclavados en zona de monte público, ocasionando con todo ello desperfectos en esta última cuyo importe exacto no consta, si bien no se ha acreditado exceda de 400 euros.

El juez considera que los hechos declarados probados integran una falta de daños, toda vez que los acusados causaron intencionadamente desperfectos en bienes de propiedad ajena.

La pretensión acusatoria postuló la comisión de un delito de daños en bienes de dominio público a partir del hecho de que los acusados, de manera consciente y voluntaria y con la finalidad de extender o ampliar la tierra cultivable de las fincas de su propiedad, han venido ocupando zona de dominio público, en la que han efectuado tareas de vallado, excavación, aterramientos, destoconamiento y desbroce de monte bajo, ocasionando tales actividades unos desperfectos en el monte público valorados en algo menos de 2.500 euros por hectárea. Los acusados no negaron la realización de tales actividades, excepción hecha de la poda de pinos aludida en el fundamento anterior, pero sí que fueran conscientemente realizadas en zona de monte público.

Por el contrario, aseguraron que actuaron con la convicción de que lo hacían en una zona perteneciente a sus fincas, es decir, el juez estima que sufrieron un error sobre la verdadera naturaleza del suelo sobre el que actuaban, siempre en la creencia equivocada de que los linderos eran correctos. Cuando fueron advertidos por el Ayuntamiento de Moguer de que existía una ligera desviación de la linde, procedieron a corregirla.

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