Provincia

El Avispero recobra su origen forestal tras casi una década de batalla judicial

  • Una sentencia obliga al propietario de Agromolinillo a desmantelar 118 hectáreas de la finca

El empresario Juan Márquez, alma máter y fundador de la cooperativa moguereña Agromolinillo, ha procedido a desmantelar 118 hectáreas de arándanos en la finca El Avispero de Bonares en cumplimiento de una sentencia firme que le insta a restaurar a su estado primigenio unos terrenos de carácter forestal, transformados para uso agrícola y utilizados antaño como coto de caza.

El empresario ha tenido que desembolsar para ello 220.000 euros para cumplir con una sentencia penal que puede llevarle a la cárcel por delitos contra la ordenación del territorio. Además, por imposición legal, está obligado a plantar unos 44.000 pies de eucaliptos a pesar del daño ambiental de un árbol de origen australiano conocido en el argot conservacionista como vampiros hídricos debido al ingente consumo de agua con respecto a otras especies autóctonas como el pino o la encina.

Estas medidas se adoptan tras un arranque preliminar de 30 hectáreas de arándanos y la eliminación de una balsa de riego que nutría, junto con los pozos subterráneos, a la explotación agrícola.

Contra el empresario pesan, además, penas de prisión por los delitos de ordenación y desobediencia a la autoridad, a razón de 16 y 8 meses respectivamente por cada uno de los delitos. Una sentencia que, desde la defensa del empresario, lamentan que persiga "un escarnio público y ejemplarizante", por lo que consideran que su cliente ha sido un "chivo expiatorio a los problemas de ordenación del territorio".

Nicolás Morón, letrado de Agromolinillo, explicó el "sinsentido" de que se decreten penas de prisión contra un empresario que ha construido su negocio en fincas de titularidad privada. En este sentido, lamenta que el artículo 319 del código penal sea "una norma en blanco, cuyo carácter viene determinado por decretos como el Plan de Ordenación del Territorio del Ámbito de Doñana (Potad), publicado en el BOJA el 3 de febrero del 2004. Esta normativa, que pone techo a la superficie de riego en la corona norte de Doñana, cataloga los terrenos en C, B y A, (máxima protección) y cualquier cambio de ordenación en esta última zona lleva aparejada delitos penales.

Morón insiste en que los agricultores no tenían la percepción de todo lo que se jugaba el sector con el Potad, como, a su juicio, demuestra que "los agricultores no presentaron ninguna alegación, mientras que el Plan Especial de Ordenación de Regadíos al Norte de la Corona Forestal de Doñana recibió en 2007 más de 3.000".

En consecuencia, el letrado dejó entrever que fue el desconocimiento de los empresarios lo que motivó que se consolidara una norma autonómica que, a efectos prácticos, excluyó de su diseño a uno de los principales actores del desarrollo económico de Doñana. "Nadie -explica- entendería que un empresario comprase por 400 millones de pesetas unas 300 hectáreas de terreno y no presentase objeciones a la aprobación, por parte de la Consejería de Medio Ambiente, de un decreto que llevaba aparejado que la cotización de esos terrenos agrícolas cayeran una décima parte".

La defensa reconoce que su defendido era consciente de que administrativamente la tala de eucaliptos no era lícita administrativamente, si bien "jamás imaginó que su praxis tuviera trascendencia penal". En concreto, recuerda que "se ha condenado a un agricultor sin estudios", que carece de la base legal para discernir la diferencias entre las sanciones administrativas y las de índole penal.

El proceso judicial contra Juan Márquez Soriano, Manuel Martínez Cruz y Antonio Conejo Prieto finalizó en 2010. Fue el primer caso en el que se juzgaba penalmente a una terna de empresarios y agricultores por la transformación de suelo catalogados como forestal. Hasta entonces, en todo el territorio de la provincia imperaba, en el mejor de los casos, el concepto romano de la propiedad, la cual no conllevaba restricciones de ningún tipo al uso ni la construcción. Ejemplos de ello abundan en Moguer, en zonas como Avitorejo, o en Las Malvinas, en Almonte, donde incluso los agricultores se hicieron con zonas públicas. Pero este no es el caso de Márquez, por lo que su defensa ve "incongruente" que precisamente la justicia "pretenda encerrar" a un ciudadano que no utilizó terrenos públicos para su actividad empresarial.

El proceso penal se inició a instancia de una denuncia de Ecologistas en Acción en la que la Fiscalía abrió diligencias tras cotejar la Delegación de Medio Ambiente la transformación de 132 hectáreas de carácter forestal donde se plantaron arándanos, amén de la construcción de dos balsas de agua y movimientos de tierra que conllevaron una degradación topográfica con la desaparición de vaguadas y laderas, así como el desvío y soterramiento del cauce de arroyos que discurrían por la finca.

Estos hechos conllevaron que el 30 de julio de 2010 se produjese una condena a los tres implicados (ratificada el 7 de febrero de 2012 por el Tribunal Constitucional) por delitos contra la ordenación del territorio, mientras se absolvía a un agente forestal de recibir supuestos sobornos. Además, imponía para todos ellos una indemnización de 587.492 euros a la consejería de Medio Ambiente en la que un informe pericial tasó el gasto de regeneración del terreno.

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