Huelva

La Fiscalía pide la revocación de la sentencia por el robo de hachís en la Aduana

  • El abogado del vigilante condenado asegura que su cliente es un chivo expiatorio

La Fiscalía ha pedido la revocación de la sentencia del Juzgado de lo Penal número 4 de Huelva que condenaba al vigilante de seguridad del edificio de la Aduana de Huelva y absolvía a los otro once acusados por el robo de 1.000 kilos de hachís en este edificio en la medianoche del 31 de diciembre de 2013.

Durante la vista celebrada ayer en la Sección Tercera de la Audiencia de Huelva para ver el recurso de apelación de esta parte, la fiscal manifestó que sabe de la dificultad de revocar una sentencia de instancia, pero considera que "se dan las circunstancias para hacerlo".

Explicó que el juez dicta sentencia basándose en jurisprudencia reiterada que indica que "las declaraciones incriminatorias o confesiones iniciales no son suficientes para condenar si no van acompañadas de datos que lo corroboren", y por ello absuelve a once de los doce acusados.

Sin embargo, en el caso del vigilante sí entiende que "sus declaraciones se sustentan en datos externos que fundamentan su inicial confesión".

Entiende el fiscal, frente a la posición del juez, que en el resto de los casos "sí se dan esos datos", tal y como consta en la "extensa prueba documental, principalmente en el estudio de las llamadas entrantes y salientes de la Udyco de la Policía Nacional de Huelva y Sevilla"; prueba, recordó, que "ha sido validada" por el juzgado de instancia.

Ante esto, considera que "se debe ejecutar como válida esa prueba y enervar la presunción de inocencia de los absueltos" y entiende que el tribunal "puede revocar la sentencia sin infringir los principios de oralidad y defensa".

Por otra parte, sobre las pruebas de ADN halladas en dos de los vehículos participantes en el robo y en otros objetos en una finca de San Juan del Puerto, que fueron anuladas por el juez por entender que "no se habían tomado con las suficientes garantías", el fiscal cree que han de ser tenidas en cuenta según establece una sentencia de noviembre de 2014 del Tribunal Supremo.

Por todo ello, la Fiscalía pide que se revoque la sentencia y se retrotraigan las actuaciones al momento de dictar sentencia para obtener una nueva que condene a los once acusados absueltos en las penas que esta parte solicitó en su escrito de conclusiones elevadas a definitivas durante el juicio que iban de los 3 y 11 años de cárcel, según su grado de participación.

Las defensas, por su parte, han pedido la confirmación de la sentencia al entender que ésta se ajusta a lo que se ha podido probar en base a las pruebas que se han considerado válidas.

No obstante, Manuel Domínguez, abogado de F.J.L.R., el vigilante de seguridad condenado, pidió que se adecúe la sentencia a la real participación y punidad de su cliente en los hechos.

Domínguez, según expuso, cree que la sentencia tiene que ser revocada, y que se han de retrotraer las actuaciones al momento del dictado de la misma para que el Juzgado de Instancia dicte una nueva acorde con lo que realmente ha quedado probado, ya que basa su recurso en "error en la apreciación de la prueba".

Considera que su cliente ha sido condenado porque "había que condenar a alguien por estos hechos" llegando incluso a hacer reflexionar a los presentes en la sala sobre "las muchas conversaciones que han podido producirse en muchos despachos del poder, que serían del tenor literal de lo ocurrido es barbaridad, cómo se custodiaba la droga en esas condiciones, hay que condenar a alguien".

En su opinión, le tocó a su cliente porque "había que cubrir expediente" y ello a pesar de ser una persona que "desde el minuto cero de su posible y cierta participación en los hechos ha estado bajo coacciones y amenazas" y que ha tenido una participación tan concreto como la que se ha podido comprobar".

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