Huelva

La Fiscalía solicita el archivo del caso del ex inspector del SAF acosado

  • Estima que no está acreditado que los hechos denunciados por el policía constituyan un delito

La Fiscalía de Huelva ha solicitado el sobreseimiento de la causa en la que figura como único imputado el secretario provincial del Sindicato Unificado de Policía (SUP), F.G.M., por un delito contra la integridad moral derivado de su "conducta incesante de acoso y derribo de la persona y la labor profesional" del inspector jefe de la Policía Nacional de Huelva E.F. El fiscal jefe de Huelva, Jesús Jiménez Soria, entiende que "no ha quedado acreditado que los hechos denunciados sean constitutivos de delito", según consta en el escrito remitido al titular del Instrucción 5 de Huelva y al que ha accedido Huelva Información.

En el auto judicial de transformación de la causa en procedimiento abreviado (de 18 de febrero de 2013), en el que ya aparece como imputado el responsable sindical onubense, el magistrado señala que de lo investigado se deduce que -desde febrero de 2010- F.G.M. mantuvo una conducta de acoso contra el entonces inspector jefe del Grupo IV de la Policía Judicial de Huelva, quien dirigía con éxito dos de las unidades más importantes de la comisaría del Paseo de Las Palmeras: el Servicio de Atención a la Familia (SAF) y la Unidad de Delincuencia Especializada y Violenta (UDEV), hoy día ya separadas.

Las primeras presiones, afirma el magistrado en el auto, se circunscriben a "detenciones practicadas contra policías implicados en delitos relacionados con la violencia sobre la mujer en el año 2008", varios de ellos condenados por maltratar a sus parejas. En 2009, "ante divergencias en la forma de trabajar y de llevar el SAF y haciéndose eco de las quejas de componentes del grupo, F.G.M. inicia una campaña de desprestigio del denunciante y con un objetivo claro de conseguir su destitución". Propone supuestamente al comisario de la época, Miguel Rodríguez Durán, "insistentemente" el cese del inspector, "extralimitándose en sus funciones sindicales" y con un "empeño particular en que se adoptaran medidas contra el denunciante, manteniendo esta postura de forma reiterada". En el auto se detalla que "no pudiendo conseguir su objetivo", el secretario del SUP en Huelva acudió a la Unidad de Coordinación Operativa Territorial de Sevilla, que abrió una investigación reservada y sometió a "interrogatorios exhaustivos" al inspector jefe, concluyendo que "no había hecho nada que justificara el trato que estaba recibiendo por los componentes del grupo", quienes cuestionaban constantemente todas sus instrucciones.

El imputado decidió poner los hechos en conocimiento del SUP nacional, vertiendo "continuas referencias despectivas y de menosprecio" contra el inspector en la publicación sindical Carné x puntos. Además, presuntamente publicó en la prensa local distintas informaciones que le perjudicaban, coincidiendo con la celebración de un curso en el que iba a participar el mando policial.

El instructor del caso considera que "nos encontramos ante una actuación por parte del denunciado que excede de la legitimación que le otorga el cargo de representante sindical, pretendiendo ampararse en el mismo para justificar lo que ha sido una situación de constante acoso". El magistrado sintetiza en un delito contra la integridad moral otros como la revelación de secretos, las injurias, las amenazas o las coacciones.

Aunque en un primer momento la Fiscalía consideró que no quedaba acreditada la comisión del delito, cuando el imputado recurrió el auto judicial ante el propio juez y ante la Sección Tercera de la Audiencia, se posicionó del lado del titular del Instrucción 5 para desestimarlos, entendiendo que "el juez ha expresado de forma amplia y razonada los indicios que considera existentes" para refrendar el posible ilícito. Remarcaba entonces Jiménez Soria que "pocas veces se ha dictado una resolución transformando las actuaciones en procedimiento abreviado con tantos y razonados argumentos jurídicos".

Ahora el Ministerio Público refiere en su último escrito de sobreseimiento que "no se dan los elementos exigidos jurisprudencialmente para considerar cometido el delito contra la integridad moral, puesto que los actos denunciados sería imputables a un representante sindical, el cual estaría actuando dentro de sus funciones sindicales", por más que se hubiera "excedido en esas competencias y haber ido más allá". El fiscal jefe señala que, en todo caso, "no se aprecia la intensidad y la gravedad bastante como para calificarlo" como un delito contra la integridad moral, aunque al inspector E.F. "le haya producido una situación de estrés que motivó su baja laboral".

En este punto conviene indicar que la médico forense que reconoció al policía afirma en sus conclusiones -y así lo recoge la Fiscalía en el documento- que presenta "una situación de acoso y estrés laboral que repercute en su estado emocional y de ánimo, estando diagnosticado de trastorno depresivo mayor en remisión parcial y trastorno mixto ansioso depresivo, hallando relación de causalidad entre los hechos denunciados y sus padecimientos".

Para el Ministerio Fiscal, "a lo sumo, podría entenderse cometida una falta de amenazas, dados los términos de la denuncia, por la mínima entidad de las expresiones proferidas, pero habría que considerarla prescrita" al haber transcurrido más de seis meses desde su comisión.

El 16 de junio, el magistrado que lleva las riendas del procedimiento dictó una providencia con la que, como paso previo a decretar la apertura del juicio oral, devuelve el asunto a la Fiscalía para que "formule acusación o renuncie a ello" definitivamente.

E.F. no sólo ha padecido constantes recaídas, sino que ha tenido que dejar el grupo que él mismo creó, el SAF, desde el que se protegía a las mujeres víctimas de violencia machista o se investigaban los casos de bebés robados en Huelva. Ahora ejerce su labor policial en la Unidad de Inteligencia de la Policía Nacional onubense.

Comentar

0 Comentarios

    Más comentarios