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El Gobierno cambiará la ley de arrendamientos para impulsar el alquiler
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El Gobierno cambiará la ley de arrendamientos para impulsar el alquiler
Las medidas irán destinadas a flexibilizar y mejorar la seguridad jurídica en este tipo de operaciones inmobiliarias. La venta de casas tendrá una exención fiscal del 50% hasta finales de 2012.
efe, madrid | Actualizado 11.05.2012 - 18:32El Consejo de Ministros ha anunciado la exención fiscal del 50% de las plusvalías derivadas de la transmisión de inmuebles urbanos que se adquieran hasta el 31 de diciembre, siempre que no exista vinculación entre las partes. Dicha exención fiscal se reflejará en el IRPF, en el impuesto sobre la renta de no residentes y en el impuesto de sociedades correspondientes al ejercicio 2012. Esta medida estará incorporada en el Real Decreto Ley que se publicará en el Boletín Oficial del Estado (BOE).
La ministra de Fomento, Ana Pastor, ha anunciado otra serie de medidas que van incluidas en un anteproyecto de ley que ha elevado al Consejo de Ministros para modificar la ley de arrendamientos urbanos y la ley de enjuiciamiento civil a fin de flexibilizar el alquiler, reforzar la seguridad jurídica, agilizar los desahucios y establecer estímulos fiscales. Una de las principales medidas tratará de paliar la inseguridad de los arrendadores ante los impagos de los arrendatarios, para lo que el Gobierno espera reducir a 10 días el plazo que tienen los inquilinos morosos para abonar las rentas impagadas.
Para ello, también simplificará la composición de la comisión judicial que debe ejecutar los desahucios, de forma que en vez de dos funcionarios será suficiente con uno. Hasta ahora, el abono de renta, que paraliza el procedimiento de desahucio, "era posible hasta el último momento", ha explicado la ministra, que ha asegurado que "se harán el doble de cosas en el mismo periodo de tiempo". Las medidas comprendidas en el anteproyecto de ley dan prioridad a la voluntad de las partes frente a las obligaciones, ha añadido.
Por otro lado se ha acordado mejorar la regulación de las sociedades anónimas cotizadas del mercado inmobiliario (socimis) -creadas en 2009-, flexibilizando los requisitos para su constitución, como los referidos al capital o al número de accionistas. Además el Gobierno propone que propietario e inquilino puedan pactar voluntariamente la actualización de la renta, aunque no este en el contrato, o la renuncia, en este caso del arrendatario, a optar a su compra en el caso de que el arrendador quiera vender el inmueble. Con respecto a la duración de contratos, el Gobierno quiere reducir a cuatro años en total el periodo de los contratos de alquiler, tres de prórroga forzosa (desde los cinco actuales) y uno de prórroga tácita (frente a los tres de ahora).
La que para Pastor es "la medida estrella" es aquella por la que el arrendatario podrá desistir del contrato de alquiler "en cualquier momento siempre que lo solicite con un mes de antelación". A la hora de recuperar la vivienda, el propietario podrá hacerlo sin necesidad de pactarlo previamente en el contrato y con un preaviso de dos meses siempre que sea para su residencia habitual, la de un familiar de primer grado de consanguinidad, por adopción o para el cónyuge en caso de divorcio. Con este anteproyecto de Ley el comprador de una vivienda arrendada sólo estará obligado a mantener al inquilino en los arrendamientos que estén inscritos en el registro correspondiente y, de lo contrario, no estará obligado a ello. Otras de las novedades es la equiparación de la tributación de los residentes y no residentes y, para ello, se han creado nuevas exenciones destinadas a los no residentes a fin de promover que aquellos que tengan viviendas vacías puedan sacarlas al alquiler.
La ministra de Fomento, Ana Pastor, ha anunciado otra serie de medidas que van incluidas en un anteproyecto de ley que ha elevado al Consejo de Ministros para modificar la ley de arrendamientos urbanos y la ley de enjuiciamiento civil a fin de flexibilizar el alquiler, reforzar la seguridad jurídica, agilizar los desahucios y establecer estímulos fiscales. Una de las principales medidas tratará de paliar la inseguridad de los arrendadores ante los impagos de los arrendatarios, para lo que el Gobierno espera reducir a 10 días el plazo que tienen los inquilinos morosos para abonar las rentas impagadas.
Para ello, también simplificará la composición de la comisión judicial que debe ejecutar los desahucios, de forma que en vez de dos funcionarios será suficiente con uno. Hasta ahora, el abono de renta, que paraliza el procedimiento de desahucio, "era posible hasta el último momento", ha explicado la ministra, que ha asegurado que "se harán el doble de cosas en el mismo periodo de tiempo". Las medidas comprendidas en el anteproyecto de ley dan prioridad a la voluntad de las partes frente a las obligaciones, ha añadido.
Por otro lado se ha acordado mejorar la regulación de las sociedades anónimas cotizadas del mercado inmobiliario (socimis) -creadas en 2009-, flexibilizando los requisitos para su constitución, como los referidos al capital o al número de accionistas. Además el Gobierno propone que propietario e inquilino puedan pactar voluntariamente la actualización de la renta, aunque no este en el contrato, o la renuncia, en este caso del arrendatario, a optar a su compra en el caso de que el arrendador quiera vender el inmueble. Con respecto a la duración de contratos, el Gobierno quiere reducir a cuatro años en total el periodo de los contratos de alquiler, tres de prórroga forzosa (desde los cinco actuales) y uno de prórroga tácita (frente a los tres de ahora).
La que para Pastor es "la medida estrella" es aquella por la que el arrendatario podrá desistir del contrato de alquiler "en cualquier momento siempre que lo solicite con un mes de antelación". A la hora de recuperar la vivienda, el propietario podrá hacerlo sin necesidad de pactarlo previamente en el contrato y con un preaviso de dos meses siempre que sea para su residencia habitual, la de un familiar de primer grado de consanguinidad, por adopción o para el cónyuge en caso de divorcio. Con este anteproyecto de Ley el comprador de una vivienda arrendada sólo estará obligado a mantener al inquilino en los arrendamientos que estén inscritos en el registro correspondiente y, de lo contrario, no estará obligado a ello. Otras de las novedades es la equiparación de la tributación de los residentes y no residentes y, para ello, se han creado nuevas exenciones destinadas a los no residentes a fin de promover que aquellos que tengan viviendas vacías puedan sacarlas al alquiler.








Yo tuve la osadia de alquilar un piso que tenia vacio para cuando mi hijo se hiciera mayor, llego ese momento y le dije al inquilino que los necesitaba. Pasaron siete años para que se fuera y ademas dejo de pagarme, y cuando me lo entrego el Juzgado estaba destrozado. Asi que por mucha necesidad que tenga la gente de vivienda en alquiler, conmigo que no cuenten.
Nos merecemos todo lo que nos haga nuestro querido gobierno. En nada volveran a imponer el derecho de pernada y no solo no protestaremos, sino que ademas llevaremos a nuestras mujeres o maridos (en honor a la paridad) de la mano a sus dormitorios. Pero claro, el protestar solo lo se hace cuando le toca a uno. Que penita de España.
¡Impresionante! ¿Sabe el gobierno que cada renovación de contrato nos cuesta 1 mes en concepto de honorarios del API? ¿Sabe que no podemos cambiar de API porque lo fija el propietario y no el inquilino? ¿Sabe el gobierno lo que cuesta una mudanza para una familia con hijos? ¿Se cree que podemos cambiar de casa como quien cambia de camisa? Con esta "estupenda" medida, el amigo Rajoy me acaba de subir el alquier en 330 euros por año, que es un mes de alquiler a dividir en tres años. ¡Gracias!