Andalucía

"Justicia" para las casas ilegales en parcelaciones

  • La Junta ampliará la regularización de viviendas fuera de ordenación a las construcciones en "microparcelas"

El anuncio esta semana de la presidenta de la Junta, la socialista Susana Díaz, de aprobar una nueva modificación de la Ley de Ordenación Urbanística de Andalucía (LOUA) se dirige a un único caso: las viviendas construidas en parcelaciones que tienen la consideración de suelo no urbanizable. En algunas clases de suelo no urbanizable se puede construir legalmente, bajo determinadas condiciones, normalmente viviendas unifamiliares ligadas a la explotación agrícola o ganadera, edificaciones de utilidad pública o interés social o en parcelas siempre que sean grandes con el fin de evitar una excesiva densidad edificatoria que modifique sustancialmente el carácter del entorno.

La nueva modificación de la LOUA se dirige a las viviendas que se han construido ilegalmente en parcelas no tan grandes, que han dado lugar en un mismo territorio a lo que la Junta denomina "microparcelaciones", y que pueden estar conformadas por tres, cuatro, cinco o seis viviendas, dependiendo del caso. Es lo que el consejero de la Presidencia, Manuel Jiménez Barrios, describe como un núcleo de viviendas que "en muchas ocasiones las han construido familiares o amigos", pero que no constituyen por sí mismas un asentamiento. Los servicios jurídicos de la Junta estudian esta modificación de la ley para su aprobación en dos o tres semanas. La Junta calcula que en la comunidad puede haber entre 20.000 y 25.000 viviendas de este tipo.

Esta modificación de la LOUA, que será la cuarta desde que se aprobó la ley en 2002, es una "continuación", en palabras de Jiménez Barrios, de la última reforma aprobada en 2012. En este tiempo se ha considerado que estas parcelaciones tienen el mismo carácter que otra tipología de viviendas que se pretenden regularizar con ese decreto: las diseminadas, ésas que por sí mismas no constituyen un asentamiento.

Por esa razón la presidenta de la Junta califica de "justicia" que este proceso de regularización activado por la Administración afecte también a este tipo de viviendas, excluidas en el supuesto 2A del artículo 185 de la LOUA. Ésta será la corrección que se hará en unas semanas, en la que permanecerán como viviendas fuera de ordenación las construidas en monte público, suelos de especial protección o zona de influencia del litoral. En total habría entre 250.000 y 300.000 viviendas ilegales en la comunidad andaluza.

Tanto Jiménez Barrios como Nieves Masegosa, secretaria general de Ordenación del Territorio de la Consejería de Medio Ambiente, insisten en que se trata de una regularización, nunca de una legalización. Explican que los propietarios de estas viviendas en parcelaciones (igual que los propietarios de viviendas diseminadas o aisladas) podrán regularizar sus construcciones siempre que no tengan un expediente penal o administrativo abierto y que las construcciones lleven terminadas más de seis años (el plazo por el que según la última modificación de la LOUA prescribe la posibilidad de adaptarse a la ordenación urbanística). Añaden que el suelo seguirá siendo no urbanizable, no se expedirán licencias para las viviendas y, sobre todo, se seguirán persiguiendo las parcelaciones.

Las parcelaciones ilegales son uno de los objetivos prioritarios de la inspección urbanística porque suponen la proliferación y consolidación de núcleos de población en el medio rural, sin servicios ni dotaciones. La Junta regularizará los edificios construidos para ofrecer "seguridad a esas familias que han hecho una inversión" de que la piqueta no derribará estas viviendas, pero insiste en que perseguirá las nuevas edificaciones porque el suelo sigue conservando la calificación de no urbanizable.

Tanto los dueños de las casas edificadas en estas parcelaciones como los de las viviendas aisladas podrán dirigirse a los ayuntamientos para declarar su situación y acreditar que su vivienda es habitable. Esto no implica que el ayuntamiento deba prestarle servicios como luz, agua o recogida de basura, porque el propietario está obligado a su "autoabastecimiento". Sólo si al ayuntamiento no le implica coste, puede darlo. Sí que estas viviendas podrán inscribirse en el registro de acuerdo a la normativa estatal y se admitirá legalmente la venta o donación de las mismas reconocidas como asimiladas a la ordenación. Al igual que las viviendas aisladas tendrán la posibilidad de regularse mediante el reconocimiento de "asimilado fuera de ordenación (Afo)", posibilidad vigente desde el decreto de 2012.

Esta modificación también dio la posibilidad a los ayuntamientos de que incluyesen en sus planeamientos urbanísticos los asentamientos y los hábitats rurales diseminados. Los primeros son esas grandes urbanizaciones construidas fuera del planeamiento. Los hábitats son los núcleos de carácter histórico vinculados a explotaciones agrarias, como los cortijales. Los ayuntamientos podían aprobar avances de sus planeamientos para integrarlos en su ordenación. Los resultados no son por ahora boyantes. Según los datos facilitados por la Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio, el 64,9% de los municipios andaluces, 501, no han hecho uso de esta aplicación. De los 271 que sí han contestado, 163, el 21,1%, han emitido declaraciones de innecesariedad, es decir, que no han diagnosticado en sus municipios esta problemática.

Hay 60 municipios que sí han aprobado sus avances y otros 48 que están en trámite, en conjunto, el 14% de los 772 municipios andaluces. Las provincias de Cádiz, Córdoba y Granada son las que menos lo han utilizado. Almería sería la más avanzada, con un 20% de los municipios con el documento de avance aprobado y el 9% en trámite.

La Administración señala que no dispone de cifras sobre las viviendas regularizadas con el decreto de 2012 porque son los ayuntamientos los que registran los datos. Los ecologistas las reducen a 500. El PP contabiliza unas 200 las regularizadas.

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