Andalucía

El TSJA avala el derecho de los policías nacionales a su complemento por el turno en vacaciones

La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) en Sevilla ha reconocido el derecho de los agentes del Cuerpo Nacional de Policía a percibir el complemento de turnicidad durante el mes de vacaciones. El tribunal estima parcialmente un recurso contencioso-administrativo interpuesto por un agente contra el acuerdo de la Dirección General de la Policía de 26 de enero de 2017, el cual anula el TSJA por ser "contrario al ordenamiento jurídico", reconociendo al mismo tiempo el derecho del recurrente a percibir la cuantía detraída en concepto de complemento de turnicidad durante le mes de vacaciones.

El Sindicato Unificado de Policía (SUP) en Andalucía recuerda que desde antes de 2000, en aplicación de una sentencia del Tribunal Supremo, se descontaba a los policías que prestan su servicio en turnos con cadencia de tardes, mañanas y noches el complemento de turnicidad -120 euros al mes actualmente- que perciben durante su mes de vacaciones. A estos policías se le "castigaban" en el mes de vacaciones con el descuento de este complemento por considerar la Dirección General de la Policía que como no hacían dicho mes los turnos correspondientes no tenían derecho.

Ahora, el TSJA da la razón al SUP. De esta forma, gracias al recurso interpuesto por el SUP, a todos los policías nacionales que desempeñen su trabajo a turnos se le reconoce su derecho a conservar también durante el mes de vacaciones el complemento de turnicidad que vienen percibiendo, lo que supondrá que se elaboren por su asesoría jurídica reclamaciones de al menos 450 euros para todos estos funcionarios que han prestado su trabajo a turnos durante los últimos cuatro años, periodo desde el que no han prescrito esos complementos.

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