Andalucía

El Supremo avala la experiencia en profesores de Religión para puntuar en las oposiciones

  • El TS admite el recurso de casación de la docente contra una sentencia del TSJA

El Tribunal Supremo ha reconocido el derecho de una profesora de Religión a que se le reconozca el tiempo prestado como docente en esta materia como mérito baremable en el procedimiento selectivo para el ingreso en el Cuerpo de Profesores de Enseñanza Secundaria.

La sentencia admite el recurso de casación interpuesto por una profesora de Religión y moral católica del IES Puerta de Andalucía de Santa Olalla del Cala (Huelva) contra la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) que desestimaba el recurso de ésta contra la Orden de la Consejería de Educación de la Junta de Andalucía que denegaba el reconocimiento.

La recurrente consideraba que a tenor de lo dispuesto en la Orden de la Consejería de Educación de la Junta de Andalucía de 25 de Febrero del 2008 por el que se convocaban las oposiciones, se debía aumentar la puntuación obtenida en la fase de concurso de la prueba de acceso en 3,0095 puntos, lo que le hubiera valido obtener una plaza de funcionario en prácticas.

El alto tribunal andaluz desestimó en su momento su recurso conforme a lo alegado por el Letrado de la Junta, por entender que concurría la excepción de acto firme y consentido, al entender que las alegaciones contra la orden se había presentado en plazo no correspondiente.

La recurrente expone en su demanda que lo hizo "cumpliendo con las bases de la convocatoria" ya que, en su condición de profesora de Religión no forma parte del personal docente interino.

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