Andalucía

La Justicia ordena por primera vez derribar una casa de Medina Azahara

  • La sentencia condena a los dos acusados a 18 meses de cárcel por levantar una construcción ilegal · La vivienda se encuentra en un entorno protegido

Punto y aparte en la lucha contra los delitos urbanísticos en Córdoba. La titular del Juzgado de lo Penal número 4 ha condenado a dos acusados a un total de tres años de prisión por construir una vivienda ilegal en la parcelación Las Pitas, situada en la zona de Bien de Interés Cultural (BIC)de Medina Azahara.

La novedad de este caso es que el fallo, al que ha tenido acceso este diario, incluye también la demolición de la construcción, una actuación que correrá a cargo de ambos condenados, un padre y un hijo. Esta sentencia, contra la que cabe recurso ante la Audiencia provincial, supone un antes y un después en esta materia, pues se trata de la primera resolución dictada por la Justicia de Córdoba en la que se acuerda la demolición de una obra situada en el entorno del conjunto arqueológico.

De hecho, ninguno de los propietarios de viviendas ubicadas junto a Medina Azahara que se han sentado en el banquillo hasta la fecha han sido condenado por delitos contra la ordenación del territorio.

El fallo judicial llega, además, dos semanas después de que la máxima institución judicial de la provincia anunciara un endurecimiento de las sentencias contra los parcelistas después de la avalancha de recursos que la Fiscalía ha interpuesto en los últimos meses ante las absoluciones de los juzgados de lo Penal. El requisito indispensable para acordar el derribo es, en todo caso, que lo solicite el Ministerio Público, algo que en este supuesto sí se cumplía.

En este caso, la resolución judicial considera probado que los acusados iniciaron en septiembre de 2006 la construcción de una casa en la urbanización Las Pitas, "a pesar de tener conocimiento de que esta zona esta protegida y sin solicitar licencia de obras ni autorización a la Junta de Andalucía". Los inculpados levantaron una vivienda de una planta de 17 metros de fachada por 12 de lateral.

Un mes más tarde, la Delegación provincial de Cultura acordó la paralización de las obras por estar en el área de influencia de la zona BIC. La sentencia recoge que uno de los acusados declaró durante el juicio que desconocía "de forma plena" que existiera problema alguno para construir, un argumento que basó en "la existencia de casas y edificaciones en el mismo enclave, así como en la inexistencia de carteles informativos de prohibición". El otro imputado reconoció que fue él quien ejecutó la casa por su oficio de albañil, "desconociendo la ilegalidad de tales construcciones" a pesar de vivir en este núcleo residencial desde 1995.

El fallo insiste en que "cualquier persona media, dada la repercusión mediática y social que para los propietarios de dichas parcelas que tuvo la ampliación de la zona BIC en 2003, conocía la ilegalidad de la realización de nuevas construcciones".

La magistrada considera que "los acusados sabían perfectamente que la construcción que promovieron era ilegal, a pesar de las advertencias realizadas por la Policía Autonómica". La titular de Penal 4 considera estos hechos como un delito contra la ordenación del territorio, por lo que le pide a cada uno de los imputados 18 meses de prisión, así como una multa de 2.780 euros. El abogado de los acusados, José María Muriel de Andrés, anunció que sus clientes recurrirán la sentencia ya que "rompe la tónica mantenida hasta la fecha".

Comentar

0 Comentarios

    Más comentarios