Andalucía

El Gobierno reclama las ayudas a los alumnos que fueron suspendidos en 2012

  • Están obligados a reembolsar el importe de la beca los estudiantes que no superen el 50% de los créditos académicos

Estudiantes en una prueba de selectividad en Córdoba.

Estudiantes en una prueba de selectividad en Córdoba. / ó. barrionuevo

El Ministerio de Educación ha comenzado a reclamar ahora por vía ejecutiva la devolución del importe de las becas que concedió en el curso 2012-2013 a los alumnos que no lograron aprobar la mitad de las asignaturas o incurrieron en alguna de las demás circunstancias que obligan a restituir las ayudas.

Las primeras cartas se comenzaron a recibir hace un par de semanas y en ellas se informa a los afectados que deberán reintegrar el dinero más los intereses correspondientes. Como ejemplo, sólo en la Universidad de Málaga 835 estudiantes estaban obligados a reembolsar 2,5 millones de euros . No obstante, los afectados han tenido con anterioridad la opción de reintegrar las becas. La medida afecta también a los becarios de los ciclos formativos, Bachillerato y secundaria.

Esta es la primera vez que los estudiantes se enfrentan a un procedimiento generalizado de restitución de las ayudas al estudio, puesto que las condiciones para perder la condición de becario se modificaron de manera significativa en el curso 2012-2013 y son estas, precisamente, las que se reclaman ahora por vía ejecutiva.

Antes de que el Gobierno aprobara el actual régimen de ayudas al estudio únicamente estaban obligados a devolver las cantidades percibidas aquellos que no se presentaban a un tercio de los exámenes. Ni siquiera se exigía superar las materias. En realidad, la medida perseguía cerrar el paso a aquellas personas que abandonaban los estudios. Sin embargo, desde 2012 están formalmente obligados a reembolsar el dinero percibido quienes no superen el 50% de los créditos académicos.

El procedimiento de reintegro se organiza en tres fases. Una vez que el alumno concluye el curso, si no alcanza los requisitos académicos estipulados, recibe una carta en la que se le informa que tiene dos meses para devolver el dinero de la beca. Esta es una opción en la que se apela a la buena voluntad de las partes. Contra esa carta no se pueden presentar alegaciones ni recursos, puesto que todavía no se ha iniciado el expediente.

Si no se restituye el importe cobrado en ese primer periodo se acuerda la apertura del expediente y el estudiante vuelve a recibir otra carta, esta ya con acuse de recibo, en la que se le notivica el inicio del expediente de reintegro. De nuevo se le ofrece un plazo para reintegrar la beca, así como 15 días para que presente las alegaciones en contra de la orden que le obliga a devolver el importe.

A partir de ahí el procedimiento ejecutivo sigue su curso. Si el afectado no atiende ese requerimiento se le vuelven a realizar notificaciones a su domicilio, a su Ayuntamiento y en el boletín oficial de la comunidad autónoma.

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