Tribunales

Condenado el portero de una discoteca de Almería que agredió a un joven al que vetó el acceso

  • Además, el penado deberá indemnizar en 480 euros al denunciante por las lesiones causadas

La Audiencia Provincial ha condenado a tres meses de prisión al portero de una discoteca de Almería que agredió a un joven porque protestó al impedirle éste el acceso al local de ocio.

Además de la pena de prisión impuesta como autor de un delito de lesiones en el que concurre la atenuante muy cualificada de dilaciones indebidas, el penado deberá indemnizar en 480 euros al denunciante por las lesiones causadas.

Según narra la sentencia de la sala primera, los hechos que han motivado la condena contra F.D.S., de 41 años y natural de Osuna (Sevilla), se produjeron el 24 de enero de 2003 cuando, sobre las 5.00 horas, la víctima y un amigo llegaron a la discoteca de la que el acusado era portero.

Cuando los dos jóvenes trataron de acceder al local, el hombre les vetó la entrada al detectar en ellos síntomas de embriaguez, motivo por el que éstos protestaron, tras lo que el portero comenzó a golpear a R.M.R.

Este sufrió a consecuencia de esta acción múltiples lesiones de las que tardó quince días en sanar, entre ellas diversas fracturas y un traumatismo facial.

El testimonio de la víctima y de su acompañante, quien narró ante la sala los golpes que recibió su amigo y él mismo por otra persona que no ha podido ser identificada, ha sido considerado por el tribunal como prueba de cargo suficiente para condenar al portero de esta discoteca, para quien el ministerio fiscal pedía 9 meses.

Pese a esta petición, el magistrado ha apreciado en el delito cometido por F.D.S. la concurrencia de la atenuante muy cualificada de dilaciones indebidas, puesto que la tramitación de esta causa se ha prolongado durante más de seis años por un error en la tramitación por el que el procedimiento se trasladó a los Juzgados de lo Penal.

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